Inscribe Morena a candidata trans para diputación plurinominal en QRoo

Alanna Cordero es la primera mujer transgénero en cambiar oficialmente su nombre en el estado
Foto: Facebook Alanna Cordero Santillán

El próximo 29 de marzo es la fecha límite para que los partidos políticos sustituyan y registren sus fórmulas LGBTTTI ante el Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo). En este sentido, y luego de haber sido rechazado por encontrarse inhabilitado, Morena suplió a su candidato plurinominal Luis Gamero Barranco por Alanna Cordero Santillán, una mujer trans.

Cordero Santillán, ciudadana transgénero de Cozumel, se convirtió en candidata a diputada plurinominal en la quinta posición, que dejó vacante Luis Gamero -quien se encuentra inhabilitado para ocupar cargos de elección popular- y al mismo tiempo cubría la cuota LGBTTTI.

Alanna Cordero se convirtió en el 2021 en la primera mujer transgénero en Quintana Roo en ejercer su derecho y cambiar oficialmente su nombre y CURP para reflejar su identidad actual.

Recientemente la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró fundado el agravio presentado por Cigur Gallegos Cruz, un aspirante a diputado local para el proceso electoral 2021-2022, relativo a la omisión del Consejo General del Ieqroo de implementar medidas afirmativas en beneficio del grupo vulnerable LGBTTTI.

En acatamiento a la sentencia SX-JDC-62/2022, el Ieqroo aprobó recientemente los criterios aplicables para el registro de personas de la comunidad LGBTTTI para las candidaturas a las diputaciones locales por los principios de Mayoría Relativa y Representación Proporcional para el Proceso Electoral Local 2021-2022.

El Ieqroo modificó los criterios de paridad aprobados y apunta como un “derecho de las y los ciudadanos ser postulados a las candidaturas de elección popular; y es obligación de los partidos políticos postular candidaturas de ambos géneros, y sin discriminación alguna, procurando siempre que el número de postulaciones lo permita, que ninguno de éstos postule una cantidad mayor al cincuenta por ciento en las candidaturas, tanto de mayoría relativa como de representación proporcional”.

Por tanto, los partidos políticos, y coaliciones deberán cumplir con los criterios de paridad de género en su triple dimensión, vertical, horizontal y transversal, en el registro de las fórmulas para hacer efectivo el principio constitucional de paridad de género. El instituto velará por su debido cumplimiento.

La fecha límite para hacer sus modificaciones es el 29 de marzo. Para esos efectos, y en el caso de postulación de personas queer (no binarias), deberán respetarse las posiciones que correspondan al género mujer, debiendo observarse en todo momento el citado principio de paridad, así como el de alternancia respectivos.

 

Edición: Laura Espejo


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