Acata Sema fallo federal en el caso de Alux 33, de Puerto Morelos

La controversia se originó por una diferencia sobre quien tenía competencia para evaluar el proyecto
Foto: Sema

En días recientes, el proyecto Alux 33, en Puerto Morelos, volvió al centro de la conversación pública luego de que colectivos ambientalistas dieran a conocer el fallo judicial que suspende la construcción de dicha edificación. También hubo señalamientos sobre la actuación de la Secretaría de Ecología y Medio Ambiente de Quintana Roo (Sema), instancia que dio a conocer su versión sobre el tema.

La controversia se originó por una diferencia sobre qué orden de gobierno tenía competencia para evaluar ambientalmente el proyecto. Sema sostuvo que, por las características del predio y la información técnica disponible, el procedimiento correspondía al ámbito estatal. El Poder Judicial adoptó posteriormente un criterio distinto y determinó que, por su interacción con un ecosistema costero, la evaluación debía realizarla la Federación. La resolución quedó firme y fue acatada por la dependencia estatal.

“Hasta donde muestran las resoluciones revisadas, el fallo no determinó actos de corrupción, sobornos, tráfico de influencias o beneficios indebidos atribuibles a funcionarios de Sema. Su objeto fue resolver una controversia de competencia ambiental”, indicó la dependencia en un comunicado.

La diferencia deriva de la propia distribución de atribuciones prevista en la legislación. La Federación evalúa los desarrollos que afecten ecosistemas costeros, mientras que el estado puede conocer aquellos que se encuentren fuera de esos supuestos. En Alux 33, el punto a definir fue precisamente si las condiciones ambientales y la interacción del predio lo colocaban dentro de la competencia estatal o federal.

Sema sustentó su criterio en cartografía oficial del Inegi, antecedentes históricos del terreno, instrumentos de desarrollo urbano, infraestructura existente y las condiciones observadas en la zona. De acuerdo con el expediente, la autoridad estatal consideró que se trataba de un predio inserto en un área urbanizada y que los elementos disponibles permitían tratarlo inicialmente como un proyecto de competencia local. 
 
A lo largo de las distintas actuaciones administrativas se incorporó nueva información y se realizaron análisis sobre las condiciones ambientales del sitio. Los criterios técnicos fueron actualizándose conforme avanzaron los procedimientos, lo que dio lugar a valoraciones distintas en diferentes momentos y, finalmente, a una controversia jurídica sobre qué autoridad debía resolver. 

El Juzgado Noveno de Distrito resolvió esa diferencia. El 25 de agosto de 2026 determinó que Alux 33 interactuaba con un ecosistema costero y que, por tanto, la competencia correspondía a la Federación. Ordenó dejar sin efectos la autorización estatal y que Sema se declarara incompetente para continuar con el procedimiento. 

“La sentencia posteriormente causó ejecutoria y Sema cumplió lo ordenado por el tribunal. El alcance de la sentencia es relevante para entender el caso. Que un tribunal determine que una autoridad carecía de competencia para resolver un procedimiento no equivale jurídicamente a establecer que actuó bajo un esquema de corrupción”, aclaró Sema.

Otro punto de discusión en este caso ha sido el procedimiento de regularización utilizado después de que el desarrollador iniciara trabajos sin contar previamente con una autorización ambiental. El propio expediente reconoce que las obras comenzaron antes de obtenerla. También señala que la legislación de Quintana Roo contempla un mecanismo para evaluar obras iniciadas sin autorización, identificar los impactos generados y establecer medidas de mitigación, rehabilitación y compensación, independientemente de las sanciones que pudieran proceder. 

Alux 33 tiene hoy una definición jurídica concreta. Existieron criterios distintos sobre las características ambientales del predio y sobre la autoridad facultada para evaluarlo. La controversia llegó ante un juez federal, que resolvió en favor de la competencia federal. Sema acató la sentencia y dejó sin efectos su autorización.

Edición: Ana Ordaz


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