Carlos Águila Arreola
Foto: Infoqroo
Cancún, Quintana Roo
Lunes 10 de diciembre, 2018
Haciendo eco a denuncias anónimas, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) inspeccionó dos predios en el estado de Quintana Roo: en el primer caso, por la construcción de una marina, y en el segundo por extracción de material pétreo en una superficie superior a un millón 340 mil metros cuadrados de terreno.
La dependencia señaló que en el primer caso se trata de un predio ubicado en la Zona Hotelera de Cancún, por la construcción de una marina para colocar embarcaciones en la Zona Federal Marítimo Terrestre (Zofemat), en un predio con la razón social “Real Arenas de Cancún, SA de CV”, concesionaria adyacente a la laguna Nichupté.
Los inspectores vieron que en la superficie concesionada, de 443.17 metros cuadrados, está una fracción de la construcción de la marina “Real Sands”, consistente en un andador de concreto con plataforma para embarcaciones y una palapa; además, el traslape en una superficie de 113.80 metros cuadrados con una superficie de Zofemat concesionada a un particular.
En relación con la segunda inspección de la Profepa, sobre la carretera Chetumal-Cancún, en Playa del Carmen, en el municipio de Solidaridad, es un predio denominado “Santa Amelia II” y “Los Pícaros”.
En el sitio se detectó cambio de uso de suelo en terrenos forestales por la extracción de material pétreo, así como la operación de obras e instalaciones de apoyo sobre una superficie aproximada de 134.28 hectáreas, lo que afectó vegetación secundaria arbórea de selva mediana subperennifolia.
En un comunicado, la Profepa indicó que ambos predios están inmersos en la continuidad de la mancha urbana; al momento de la visita de inspección, el responsable no mostró la autorización de cambio de uso de suelo que otorga la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).
El responsable de la extracción de material pétreo tiene cinco días para manifestar lo que a su derecho corresponda y aporte las pruebas que considere.
La multa podría oscilar entre 100 (8 mil 460 pesos) y 20 mil (un millón 612 mil pesos) veces la Unidad de Medida y Actualización vigente (80.60 pesos), de conformidad con el artículo 157, fracción II, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS) por el cambio ilegal de uso de suelo, independientemente de las sanciones penales que resulten.
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