La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) envió una recomendación al presidente municipal de Tulum, Víctor Mas Tah, por el uso excesivo de la fuerza por parte de elementos de seguridad que provocó la muerte de la salvadoreña Victoria S. el pasado 27 de marzo de este año.
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Derivado de lo anterior, el ayuntamiento de Tulum deberá dar una disculpa pública e indemnizar a las cinco víctimas indirectas del asesinato de la migrante, determinó la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en la recomendación.
En la recomendación, disponible en la su página oficial de la CNDH, se lee: “De la valoración lógico jurídica de las evidencias que integran el expediente de queja CNDH/5/2021/2511/Q, realizada en términos de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, se cuenta con elementos suficientes para determinar violaciones a los derechos humanos a la 11/49 seguridad jurídica, a la integridad y seguridad personal, al trato digno y a la vida en agravio de Victoria, atribuibles a servidoras y servidores públicos de la Dirección General de Seguridad Pública y Tránsito de Tulum”.
El análisis de la comisión determinó que no existen datos que permitan considerar que las autoridades responsables cumplieran con las formalidades para realizar la detención de la víctima o que esta hubiera incurrido en alguna conducta que justificara su aseguramiento.
Además de ello, en lugar de actuar con prudencia y diligencia, la persona servidora pública que la sometió aplicó diversas maniobras que le ocasionaron una lesión cervical que finalmente propició su muerte.
Asimismo, tres elementos de la corporación presentes en los hechos omitieron brindarle auxilio, aun cuando advirtieron que era objeto de violencia desproporcionada, incumpliendo con ello los estándares establecidos en instrumentos internacionales.
Por lo anterior, la CNDH solicita al presidente municipal del Ayuntamiento de Tulum que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas de la entidad, brinde a las cinco víctimas indirectas del caso la reparación integral por los daños causados, que incluya una compensación justa y suficiente.
Asimismo, deberá otorgarles la atención médica, psicológica y tanatológica que requieran para garantizarles una recuperación física, psíquica y emocional, y colaborar en el seguimiento de la queja que se presente ante la Coordinación de Asuntos Internos de ese municipio o la autoridad con facultades para ello, en contra de las personas servidoras públicas responsables.
También deberá impartir un curso de capacitación en materia de derechos humanos al personal de la Dirección General de Seguridad Pública y Tránsito que realiza funciones de seguridad pública, con énfasis en las obligaciones establecidas en los Principios Básicos y el Código de Conducta, así como en lo relativo a la prevención de la violencia de género.
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