Juzgado vuelve a posponer audiencia sobre tramo 5 del Tren Maya

El 19 de agosto determinará si hubo desacato al reiniciar obras
Foto: Facebook Tren Maya

César Arellano García

Por segunda ocasión el titular del Juzgado Primero de Distrito con residencia en Yucatán, Adrián Pérez Novelo, pospuso la audiencia en la que determinará si el gobierno federal violó la suspensión definitiva que le otorgó a habitantes del municipio de Solidaridad, Quintana Roo, al reiniciar las obras del tramo 5, luego de que el Tren Maya fue declarado proyecto de seguridad nacional.

El juez aplazó la audiencia para el próximo 19 de agosto después de las nueve de la mañana para dar tiempo a las autoridades que rindan sus informes, ya que tiene su domicilio fuera del distrito de residencia donde se encuentra el juzgado.

De acuerdo con el acuerdo que se publica este miércoles en estrados del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) las autoridades no han rendido sus respectivos informes y no existe constancia que acredite que hayan recibido los oficios, a través de los cuales se realizó el requerimiento.

 

Lee: Vía libre total al Tren Maya: Juez anula amparos contra tramos 5 Sur y 6

 

Por su parte, la representante legal de los habitantes, Antonella Vázquez Cavedón, impugnó a través de un recurso de queja, el fallo del impartidor de justicia del pasado 4 de agosto, en la cual les negó la suspensión provisional contra la autorización condicionada de la manifestación de impacto ambiental y las constancias de uso de suelo que emitieron los municipios de Solidaridad y Tulum.

“Ríndase el informe, haciendo del conocimiento del Tribunal de Alzada, que sí es cierto el acto reclamado, en virtud que mediante proveído (decisión) de 4 de agosto de 2022, este Juzgado acordó respecto de la suspensión provisional de los actos reclamados”.

“…Ahora, considerando que el Tribunal Colegiado en Materias de Trabajo y Administrativa del Decimocuarto Circuito, se encuentra gozando de su periodo vacacional y en el caso se trata de una queja prevista en el artículo 101, párrafo segundo de la Ley antes citada, remítanse las constancias al Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimocuarto Circuito, en turno, salvo que al momento de que se encuentre integrado estos autos para su remisión el Tribunal Colegiado en Materias de Trabajo y Administrativa del Decimocuarto Circuito, ya hubiese concluido su periodo vacacional” señala el acuerdo del togado.

Edición: Ana Ordaz


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