Foto: Cortesía
La Jornada Maya

Cozumel, Quintana Roo
Viernes 15 de junio, 2018

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuró un predio de casi siete mil metros cuadrados en la isla de Cozumel, por afectar un ecosistema de humedal inundable con presencia de manglar, y de selva baja subcaducifolia con asociación de palma chit, ambas especies consideradas bajo amenaza.

La eliminación de la vegetación fue para delimitación del predio y apertura de camino de acceso, pese a que los propietarios carecían de autorización para efectuar el cambio de uso de suelo en terrenos forestales.

La zona afectada obedece a la apertura de un camino de acceso a los ranchos Chakah y Palancar Centro-Magdalena, ubicados a la altura del kilómetro 18+244 de la carretera Costera Sur.

Personal de inspección de la Profepa atendió una denuncia ciudadana por actividades y trabajos para el cambio de uso de suelo en terrenos forestales, constituyéndose en el sitio referido.

Se constató que en el interior del predio se eliminó vegetación natural mediante el uso de herramientas manuales como machete y motosierra, en una superficie de seis mil 843.16 metros cuadrados (0.684 hectáreas).

Del total, cinco mil metros cuadrados (0.500 hectáreas) corresponden a vegetación inundable de selva baja subcaducifolia con asociación de palma chit y mil 843.16 metros cuadrados (0.184 hectáreas) de humedal inundable, con presencia de manglar.

Al momento de la visita de inspección, el visitado no acreditó tener autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales, otorgada por la autoridad federal normativa competente.

Con fundamento en el artículo 170 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y el artículos 45, fracción X, y 47 del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), se impuso como medida de seguridad la clausura total temporal de los trabajos de remoción de la cobertura vegetal.

De acuerdo a los artículos 157, fracción II, y 155 fracción VII de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS) vigente, las infracciones cometidas podrán ser sancionadas con la imposición de una multa por el equivalente de 100 (ocho mil 60 pesos) a 20 mil veces (un millón 612 mil) la Unidad de Medida y Actualización (80.60 pesos)

Conforme a lo previsto en el artículo 418 del Código Penal Federal, esas conductas podrían ser constitutivas de delito y se podrá imponer una pena de seis meses a nueve años de prisión, y el equivalente de 100 (ocho mil 60 pesos) a tres mil días multa (241 mil 800 pesos).


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