La Jornada Maya

Candidatos a alcaldía de Mérida podrán gastar cerca de 35 mdp en campañas

Los contendientes de la capital yucateca son los que tienen el mayor monto autorizado

Candidatos a alcaldía de Mérida podrán gastar cerca de 35 mdp en campañas
Foto: Tomada de Google Maps

El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (Iepac) ha aprobado los gastos máximos de campaña que podrán erogar los partidos políticos y las personas candidatas durante las campañas electorales para las Diputaciones de Mayoría Relativa y Regidurías de los 106 Ayuntamientos del Estado de Yucatán, por lo que en el caso de Mérida, quienes compitan por la alcaldía podrán ejercer un gasto que no deberá sobrepasar los 34 millones 866 mil 168.99 pesos.

Este gasto también es el mismo permitido para personas que compiten de manera independiente en el Proceso Electoral Ordinario 2020-2021 para la alcaldía de la capital yucateca.

A través de un acuerdo emitido por el consejo general entre las autoridades electorales del Iepac, fue dado a conocer el listado del gasto que será permitido en las campañas por cada partido político y fue posible detectar que Mérida es el municipio en el que fue autorizado un mayor monto.

Para ello, el Iepac tomó en cuenta el padrón electoral que hay en el municipio el cual es de 727 mil 186 personas votantes.

Los gastos que será posible consultar a través del portal www.iepac.mx varían de acuerdo con el municipio en cuestión y también según el padrón electoral.

Dichos gastos comprenden propaganda que pueda realizarse en bardas, mantas, volantes, pancartas, equipos de sonido, eventos políticos realizados en lugares alquilados, así como la propaganda utilitaria y otros similares.

De igual forma, es tomado en cuenta el gasto operativo de campaña, mismo que comprende los sueldos y salarios del personal eventual, el arrendamiento eventual de bienes muebles e inmuebles, los gastos de transporte de material y personal, los viáticos y otros.

Asimismo, los partidos y personas candidatas podrán pagar propaganda en diarios, revistas y otros medios impresos y electrónicos, es decir, aquellos anuncios publicitarios y sus similares, tendientes a la obtención del voto.

“En todo caso, tanto el partido y el candidato contratante, como el medio de comunicación, deberán identificar con toda claridad que se trata de propaganda o inserción pagada”, se expone en la información emitida por el Iepac.

El tope de gasto de campañas también contempla el pago por servicios profesionales o renta y uso de equipo técnico, locaciones o estudios de grabación y producción.

Edición: Emilio Gómez


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