Juez mantiene suspensión de actividades de mega granja de cerdos en Homún

Permanecerá cerrada hasta que concluya el juicio de amparo promovido por infancias de ese municipio
Foto: Rodrigo Díaz Guzmán

La organización Indignación anunció que la mega granja de cerdos de Homún permanecerá cerrada hasta que concluya el juicio de amparo promovido por infancias de ese municipio. Esto debido a que el juez segundo de distrito, Rogerio Leal Mota, aplicó estándares internacionales en materia de consulta a la población indígena.

Al resolver el incidente de revocación de suspensión presentado por la empresa Producción Alimentaria Porcícola (PAPO), el juez Leal Mota determinó que dicha compañía no aportó pruebas de hechos novedosos que “derribaran” los tres pilares que sostienen la suspensión impuesta a la fábrica de cerdos.

 

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“El primero, que la planta de tratamiento de aguas residuales no estaba concluida al momento de iniciar operaciones; el segundo, que no se hizo la consulta previa a la población maya de Homún; y el tercero, que ante el riesgo de que el funcionamiento de la granja podría afectarse al medio ambiente y, por lo tanto, debía aplicarse el principio precautorio”, detallaron.

El juez explicó que la prueba otorgada por PAPO, un documento emitido en abril del 2021 por la Secretaría de Desarrollo Sustentable (SDS), no es novedosa, pues está basada en hechos pasados: solamente relata que en el 2017 la entonces Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente (Seduma), consideró viable la planta de tratamiento al momento de autorizar la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA), de la fábrica de cerdos.

Además, no se aportaron exámenes periciales o científicos que garanticen que dicha planta evitará la contaminación del aire u otros impactos ambientales.

Respecto al segundo pilar, la empresa aseguró que, en su momento, la Seduma publicó la MIA de la mega granja en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán. También alegó que la SDS, no tiene la obligación de realizar una consulta indígena.

 

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El Juez respondió que la consulta pública realizada por la Seduma no es equivalente a una consulta indígena, la cual, según la normativa internacional, tiene que ser previa, informada, culturalmente adecuada y de buena fe respetando el derecho a la autonomía del pueblo maya y con el fin de obtener el consentimiento del pueblo.

En cuanto al principio precautorio, se resaltó que la empresa PAPO tampoco logró comprobar que existen las condiciones para afirmar que éste está superado, pues no sólo se debe contemplar la contaminación del suelo y el agua, sino también del aire.

“Además, se deben observar los estándares internacionales en la materia y ante la falta de certeza científica y la incertidumbre de contaminación, existe la obligación de prevenir todo daño grave o irreversible”, añadieron.

Indignación advirtió que el pueblo de Homún seguirá pendiente y en alerta, sobre todo al considerar que las pruebas utilizadas por PAPO, en todos los intentos de eliminar la suspensión, han tenido en común la participación del gobierno del estado de Yucatán a través de la SDS, argumentando que la planta de tratamiento de aguas residuales ya está terminada.

 

Edición: Laura Espejo


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