Paul Antoine Matos
Foto: Luis Humberto González
La Jornada Maya

Mérida, Yucatán
Martes 4 de octubre, 2016

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), cuyo delegado en Yucatán es José Lafontaine Hamui, se equivoca al realizar la inspección en Arrecife Alacranes sobre si existió algún daño tras la presencia de un helicóptero el pasado viernes en Isla Pérez, porque se basa en la Ley General de Vida Silvestre y no en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, señaló un abogado ambientalista, amigo de esta casa editorial.

En un comunicado de la Profepa, emitido después de que La Jornada Maya revelara el video de los políticos y empresarios en el arrecife, replicado por varios medios, se estableció que el Área Natural Protegida del Parque Nacional Arrecife Alacranes, concentra la estructura coralina más grande del Golfo de México, “por lo que de haber ocurrido algún daño, lo que se determinará en su caso una vez hecha la inspección correspondiente, se aplicarán las sanciones previstas en la Ley General de Vida Silvestre”.

La Ley referida establece la protección de los daños sobre los animales o plantas protegidos, pero en el video no se observa de manera contundente algún ser vivo herido o dañado, por lo que la Profepa podría encontrar una salida al conflicto ecológico con esta justificación, indicó el litigante.

Pero en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente se manifiesta que se requiere de un permiso para la prestación de servicios turístico y recreativos, por ser una subzona de Uso Restringido del Área Núcleo del Arrecife Alacranes, en las cuales sólo se pueden realizar actividades de turismo de bajo impacto ambiental que no impliquen modificación de las características ambientales del sitio.

Los permisos deben considerar el cumplimiento de los Criterios de Regulación Ecológica para Islas y Zonas Costeras Inmediatas del referido Programa del Ordenamiento Ecológico Marino Regional del Golfo de México y Mar Caribe.

En esos criterios se prohíbe el uso de “altavoces, radios o cualquier aparato de sonido que altere el comportamiento de las poblaciones o ejemplares de las especies silvestres o que impida el disfrute del área protegida por los visitantes”, manifestó el especialista.

Por tanto, el helicóptero en el que viajaban el senador del PRI, Emilio Gamboa Patrón y Gerardo Ruiz Esparza, secretario de Comunicaciones y Transporte, ambos recibidos por el empresario Emilio Díaz Castellanos en su yate, habría incurrido en la ilegalidad al alterar las zonas de anidación.

En caso de encontrarse culpable al responsable, éste deberá pagar una multa máxima de 3 millones 650 mil pesos, es decir 50 mil días de salario mínimo general vigente, de acuerdo al artículo 171 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Gamboa Patrón, sólo pasajero

A través del equipo de comunicación del PRI en el Senado, se confirmó la presencia de Emilio Gamboa Patrón en el helicóptero que aterrizó sobre Alacranes, aunque desligaron al político yucateco porque él sólo iba de pasajero, por tanto, no determinó dónde despegar ni aterrizar.


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