Poco más de un mes ha pasado desde el incidente ocurrido en la avenida López Portillo de San Francisco de Campeche, cuando un conductor en supuesto estado de ebriedad atropelló a una familia mientras huía tras haber impactado a un vehículo estacionado.
Este viernes finalizada la ampliación de los términos de la primera audiencia a solicitud de sus abogados, el juez del que aún se desconoce el nombre, dictó vinculación a proceso, fianza de 200 mil pesos y firmas mensuales en lo que dura su proceso.
Pese al tema, el juez no impuso la prisión preventiva como medida precautoria debido a que el delito por el cual lo juzgan es homicidio culposo, pues el homicidio imprudencial no entra en la figura de los hechos ocurridos. De igual manera el juez desestimó la agravante de condición alcoholizado, pues no existe prueba toxicológica que confirme el supuesto estado inconveniente del acusado.
El proceso inicia, la fianza será depositada a una cuenta alterna del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), y las firmas serán realizadas en el complejo de Juicios Orales de la Fiscalía General del Estado de Campeche (Fgecam) ubicadas en la avenida Héroe de Nacozari.
Esta segunda audiencia, reveló que el vehículo del accidente no pertenece a la Procuraduría Agraria, sino a una empresa jalisciense que ofrece un contrato de arrendamiento por este y otros vehículos al organismo federal en el estado. El vehículo en cuestión está asegurado, por lo que de acuerdo a los términos jurídicos el caso podría resolverse con una indemnización a la familia de las víctimas en las siguientes semanas.
Abogados lamentan situación; la ley es clara
De acuerdo con los resultados de la audiencia, el presidente del Colegio de la Barra de Profesionales en Derecho de Campeche, Francisco Eustaquio Portela Chaparro, afirmó que el juez basó su criterio en el Código Penal Federal de la Constitución Política de México, código que pone la figura de homicidio culposo como un delito que no requiere de prisión precautoria para el proceso a seguir y que, aunque suene mal, la ley señala el procedimiento claramente.
“Nadie sale con la idea de atropellar a alguien, por eso no puede ser homicidio imprudencial, y la diferencia es la medida precautoria, además de la premeditación del delito, la situación es lamentable porque una vida no tiene precio, pero la defensoría del acusado buscará reparar el daño como lo dicta el sistema de justicia penal”, dijo.
Respecto a si es ético o no, expresó la necesidad de que los legisladores locales y federales tengan asesoría en el tema para manejar debidamente estas situaciones, pues aunque los testigos señalaron que el acusado estaba alcoholizado, la no detención oportuna permitió que desecharan esa agravante que sí podría haberlo llevado a la detención, pues mencionó incluso que la omisión de auxilio no es motivo de encarcelamiento.
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