Los problemas derivados de los laudos laborales que enfrenta la presidenta municipal de Tenabo, Mariela Sánchez Espinoza, podrían afectar a los trabajadores del Ayuntamiento si se concreta el embargo a las cuentas públicas del municipio, conforme a un mandamiento judicial federal emitido el pasado 14 de julio del presente año.
El documento señala que deberán utilizarse los mecanismos electrónicos disponibles, como la plataforma SIARA, instrumentada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, a fin de agilizar cualquier medida de embargo sobre las cuentas bancarias registradas a nombre del Ayuntamiento demandado. Asimismo, se ordena abstenerse de dilatar el procedimiento mediante el uso de correspondencia tradicional, dado que existen medios electrónicos específicamente diseñados para cumplir con lo solicitado.
Sin embargo, a pesar del acuerdo emitido por el juez segundo de distrito en el estado de Campeche, las cuatro cuentas bancarias a nombre del municipio de Tenabo registradas en el banco Santander y las dos en el banco BBVA fueron vaciadas: los fondos fueron transferidos a otras cuentas o utilizados para otros fines, como se indica en el documento de solicitud de información por parte del Tribunal Burocrático de Conciliación y Arbitraje.
En el banco Santander se informó que existen cuatro cuentas a nombre del municipio de Tenabo. Al 1 de julio, dos de ellas estaban en ceros; una, con terminación 940, tenía un saldo de mil 728 pesos; y otra, con terminación 937, registraba un saldo de 5 mil 833 pesos. Por su parte, el banco BBVA se negó a proporcionar información sobre las dos cuentas del municipio con terminaciones 391 y 947.
El Juzgado Segundo de Distrito advirtió que, de no presentarse una manifestación o propuesta de pago coherente, se procederá a requerir a la Secretaría de Administración y Finanzas del Estado, ya que los recursos fueron aprobados en el presupuesto de egresos del Ayuntamiento de Tenabo para el presente ejercicio fiscal.
El juzgador federal informó mediante acuerdo fechado el 14 de julio que, de persistir el incumplimiento, se impondrá como medida de apremio una multa equivalente a 500 unidades de medida. Finalmente, advirtió que el expediente podría ser remitido al Tribunal Colegiado de Circuito o a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, según corresponda, para continuar con el trámite de inejecución, lo que podría derivar en la separación del cargo de la funcionaria y su consignación ante la autoridad correspondiente.