Todas las acciones consideradas violencia digital ahora serán sancionadas en Argentina gracias a la aprobación unánime de la Ley Olimpia, que lleva su nombre en honor a la activista mexicana Olimpia Coral, víctima de este delito.
Con una decisión unánime, la Cámara de Diputados del país sudamericano incorporó la violencia digital a la Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres para definir los delitos que violan la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales.
Olimpia Coral Melo, quien impulsó esta legislación en México, acudió a Argentina a exponer a las y los legisladores el alcance de la violencia digital contra las mujeres y promovió la aprobación de esta reforma.
Así, la nueva ley argentina considera a la violencia digital como aquella que se ejerce mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación y que implique la obtención, reproducción y difusión por cualquier medio de datos personales, material digital real, simulado, íntimo o de desnudez de las mujeres sin su consentimiento, discursos de odio de género, patrones estereotipados sexistas o que impliquen situaciones de acoso, amenaza, extorsión o control virtual, o acciones que atenten contra la integridad sexual o identidad digital de las mujeres a través de las TIC (Tecnologías de la Información y Comunicación).
La Ley Olimpia en Argentina se complementa con la Ley Belén, la cual ya incorpora al Código Penal la violencia digital como un delito para sancionar a las personas que realizan cualquier tipo de acción descrita en el párrafo anterior.
“De modo que se pueda sancionar a aquellas personas que difunden material íntimo sin consentimiento, aquellos que suben el material y aquellos que lo difunden”, explicó la diputada Mónica Macha a medios de comunicación argentinos.
Olimpia celebró en redes sociales el logro y continúa su trabajo para que otros países latinoamericanos se unan a sancionar la violencia digital.
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