Angélica Enciso L.
Foto: Cuartoscuro
La Jornada Maya

Ciudad de México
Miércoles 25 de septiembre, 2019

El establecimiento de un centro de intercambio de derechos de agua –en lugar de bancos de producto–, e impulsar la reutilización del recurso tratado, son algunos lineamientos que plantea el sector privado para la Ley General de Aguas.

Debe haber calidad y profesionalización en el servicio del recurso potable que otorgan los organismos operadores, señaló José Ramón Ardavín, director desde hace siete años del Cespedes, organismo ambiental del Consejo Coordinador Empresarial (CCE), quien fue subdirector de Agua Potable, Drenaje y Saneamiento en la Comisión Nacional del Agua (Conagua) durante el sexenio de Felipe Calderón.

Rechazó que el organismo empresarial tenga un borrador de iniciativa de ley general de aguas. No estamos en favor de la privatización de servicios, ni hay propuesta de ley. Hay un estudio sobre certeza jurídica de los recursos hídricos y hay especialistas como Judith Domínguez (del Colegio de México) que están apoyando.

En entrevista, explicó que en el proceso de análisis y discusión sobre una futura ley general de aguas, el organismo empresarial ha participado en las reuniones de la Conagua, con diputados de Morena y la Comisión de Recursos Hidráulicos de la Cámara de Diputados.

Aseveró que los servicios que dan los organismos operadores de agua potable deben ser de calidad, tener dotaciones certeras así como las capacidades para realizar su trabajo de manera correcta para el público consumidor.

Destacó la importancia de que haya flexibilidad entre usuarios agrícolas e industriales, pues 77 por ciento del agua es para uso agrícola, el industrial es el que menos tiene. Donde hay más potencial de ahorro es en el agrícola, a través de la tecnificación de riego.

Agregó que en este proceso “hemos reafirmado el tema de sustentabilidad, la determinación de la disponibilidad, la certeza jurídica, promover el buen uso y reutilizar el agua, así como facilidades para la eficiencia.

Es claro que una cosa es la regulación de las aguas nacionales, que establece el artículo 27 de la Constitución, y otra el derecho humano al recurso, que establece el cuarto constitucional. Añadió que hay justas que consideran que cada rubro debe tener su propia legislación.

El banco de agua para el intercambio de derechos, “no es el mejor término, es mejor un centro de intercambio de derechos de agua y se trata más bien de que se pueda usar agua tratada, para uso agrícola por ejemplo; que se libere el líquido de primer uso. Que la industria pueda usar agua tratada.

Es el tipo de cosas a incentivar, con el mejor reuso alcanzará el agua para todos los usos.


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