La Jornada Maya
Foto: Ignacio Juárez

Ciudad de México
Viernes 8 de febrero, 2019

Luego de que el presidente Andrés Manuel López Obrador anunciara que interpuso una queja ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) por los bloqueos de vías férreas llevados a cabo por la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) en Michoacán, el organismo público señaló que buscará un acercamiento con las autoridades federales para abordar el tema partiendo del ámbito de sus atribuciones legales, conforme a las cuales sólo está posibilitada para conocer de actos u omisiones de autoridad que violenten derechos humanos.

En un comunicado, la CNDH reiteró su llamado para que las partes involucradas en el conflicto “busquen la solución del mismo mediante la construcción de acuerdos, en el marco de la ley, estableciendo un proceso de diálogo que coadyuve en la construcción y fortalecimiento de una cultura de la paz en el país, previniendo afectaciones a terceros”.

No obstante, recalcó que la búsqueda de vías pacíficas de solución de conflictos “no puede justificar que, si eventualmente las instancias de gobierno competentes llegaran a determinaran la existencia de algún acto ilegal, sea permisible que las autoridades renuncien o se inhiban de cumplir con su obligación constitucional de garantizar la integridad, seguridad e intereses de las personas, así como de cumplir y aplicar la ley”.

Las autoridades de los distintos niveles y órdenes de gobierno, enfatizó el organismo, “están obligadas a proteger y garantizar, en el ámbito de sus atribuciones, los derechos de las personas, mandato al que no pueden renunciar o pretender delegar a terceras instancias”.

El hecho de que las autoridades estén obligadas a respetar y defender los derechos humanos, recalcó la CNDH, no implica que no puedan ejercer sus atribuciones legales o que dicho ejercicio dependa o quede condicionado a que exista un pronunciamiento o resolución por parte de un organismo de protección y defensa de los derechos humanos.

Por el contrario, “la omisión de las autoridades en el cumplimiento de sus obligaciones puede constituir, por sí misma, una conducta que vulnere derechos fundamentales, máxime cuando se esté en presencia de actos ilegales que atenten contra la integridad física o el patrimonio de las personas”.


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