En vigor, decreto para el padrón de usuarios de telefonía móvil

Desde hoy, dueños de las líneas están obligados a dar diversos datos personales
Foto: Alfredo Domínguez

Hoy entra en vigor el decreto que crea el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, que obliga a los usuarios de teléfonos celulares a dar de alta ante las compañías telefónicas información personal, incluidos datos biométricos –como huellas dactilares y reconocimiento facial y del iris–, pues de no hacerlo se cancelará la línea y serán multados.

En una edición vespertina de ayer del Diario Oficial de la Federación fue publicado el decreto por parte de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes luego de que el pasado martes la Cámara de Senadores aprobó –con 54 votos a favor, 49 en contra y 10 abstenciones– la minuta que reforma la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión para crear el padrón.

De acuerdo con la nueva legislación, los concesionarios de telecomunicaciones deberán recabar e ingresar la información sobre la identidad y proporcionar al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) la información con la cual se integrará el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil.

Deberá contener, sobre cada línea telefónica móvil –nueva o las que ya se encuentran en funcionamiento– la siguiente información: número; fecha y hora de la activación de la línea en la tarjeta SIM; nombre completo, denominación o razón social del usuario; nacionalidad; número de identificación oficial con fotografía o clave única de registro de población (CURP) del titular de la línea.

Lo mismo aplica para los datos biométricos del usuario o del representante legal de la persona moral; domicilio; datos del concesionario de telecomunicaciones o, en su caso, de los autorizados; esquema de contratación de la línea telefónica móvil, ya sea pospago o prepago, y los avisos que actualicen dicha información.

El titular del servicio que no reconozca como propio un número de línea telefónica móvil vinculado a su nombre o denominación social, podrá solicitar al IFT, al concesionario de telefonía o, en su caso, al autorizado, la actualización de la información correspondiente o su baja del padrón. También aplica para reportar robo o extravío. Sin embargo, el decreto aclara que dicho aviso no implica la baja inmediata del padrón, ya que el registro del número asociado “se mantendrá por un plazo de seis meses”.

La nueva ley establece que el IFT realizará las acciones necesarias para que las erogaciones que se generen para crear, operar y mantener el padrón se realicen con cargo a su presupuesto.

Los concesionarios de telecomunicaciones serán responsables de cubrir los costos de implementación, mantenimiento y operación, incluyendo los de conectividad a los servidores del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil.

Edición: Emilio Gómez


Lo más reciente

El Fire elimina a Cruz Azul y se cita con Monterrey en cuartos de final de la Leagues Cup

América cae en penales frente al Austin FC, pero avanza; su siguiente rival será Columbus

Efe

El Fire elimina a Cruz Azul y se cita con Monterrey en cuartos de final de la Leagues Cup

''Animadversión insana'' en la Corte

Astillero

Julio Hernández López

''Animadversión insana'' en la Corte

Infantino recibe apoyo de seis federaciones árabes en revuelta por plan del Mundial

Irlanda retira su respaldo; ‘’hay preocupaciones significativas sobre la gobernanza y transparencia’’

Ap

Infantino recibe apoyo de seis federaciones árabes en revuelta por plan del Mundial

Presentan la XX edición del Festival de de Vida y Muerte de Xcaret

En esta edición, que marca dos décadas de historia, Guanajuato será el estado invitado

La Jornada Maya

Presentan la XX edición del Festival de de Vida y Muerte de Xcaret