En acatamiento a una sentencia de la Sala Superior, los magistrados de la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) acordaron exhortar al presidente Andrés Manuel López Obrador para que sus pronunciamientos se ajusten a las restricciones vigentes en proceso electoral hasta la conclusión de las votaciones, a fin de evitar la propaganda gubernamental personalizada, como ocurrió durante el informe de los 100 días del tercer año de gobierno.
De igual forma, se solicitó al coordinador Nacional de Comunicación Social, Jesús Ramírez Cuevas, para que se retire temporalmente de las páginas oficiales de Internet y de las redes sociales gubernamentales el contenido de dicho informe de los 100 días, “hasta que concluya la jornada electoral”. De igual forma, deberá colocar en los mencionados sitios un extracto de la sentencia aprobada por la propia Sala Especializada.
Durante la sesión pública de la Sala Especializada se dio cumplimiento a la sentencia de la Sala Superior declarada la semana pasada, en la que se confirmó que en el mencionado informe, López Obrador incurrió en propaganda gubernamental personalizada el 30 de marzo, cuando ya habían iniciado campañas en seis entidades del país. Al violar las restricciones, la condena ordenó revisar de nueva cuenta el caso e imponer las “consecuencias jurídicas” correspondientes.
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A propuesta del magistrado ponente, Luis Espíndola, en su resolución determinó que, si bien no podrían calificar la gravedad de la falta por el régimen especial del presidente, si se consideró que López Obrador debe tener especial cuidado para garantizar la imparcialidad, equidad y neutralidad durante las contiendas electorales.
Por ello, por una votación de dos a uno, se aprobó el exhorto al mandatario, así como la adopción de medidas de no repetición hasta la conclusión de la contienda. Por tal motivo, las posturas presidenciales en este periodo se deberán ajustar a las excepciones legales: salud, educación y protección civil.
En la sentencia se sugiere al presidente revisar la normatividad vigente en materia de propaganda gubernamental para realizar las modificaciones pertinentes de conformidad a lo sostenido por la Sala Superior.
Edición: Estefanía Cardeña
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