SCJN declara inconstitucional el padrón de usuarios de telefonía móvil

Alcanza mayoría de votos necesaria para invalidar el Panaut
Foto: Ap

Eduardo Murillo

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) alcanzó la mayoría de ocho votos, necesaria para invalidar el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), debido a que vulnera los derechos humanos de los usuarios al exigirles entregar sus datos biométricos y personales para tener acceso al servicio de telefonía celular.

La ministra ponente, Norma Lucía Piña Hernández, expuso que el máximo tribunal ha señalado en precedentes que existe un derecho a la autodeterminación informativa, que implica la facultad de los ciudadanos a no dar sus datos personales sin saber que utilidad se le darán y cómo se evitará darles un mal uso.

En el caso del Panaut, explicó, esta opción no existe pues el ceder estos datos no es optativa, pues si no se entregan simplemente no se tendrá acceso a un celular.

Piña añadió que, aunque el fin del Panaut es constitucionalmente legítimo, su instrumentación es excesivamente invasiva en los derechos humanos de los usuarios.

Además, sostuvo, ya existen medidas contempladas en el Código Nacional de Procedimientos Penales y en la propia Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión para prevenir y combatir el uso de dispositivos móviles para cometer delitos.

Los ministros que se han pronunciado hasta el momento por la inconstitucionalidad del Panaut con la ponente, Margarita Piña; además de Juan Luis González Alcántara Carrancá, Loretta Ortiz Alhf, Arturo Zaldívar, Alfredo Gutiérrez Ortiz y Luis María Aguilar.

Faltaban por hablar otros tres ministros.

Edición: Emilio Gómez


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