Prevé TEPJF anular acuerdo que impide a morenistas asistir a mítines

El INE prohibió participación en estos eventos a nueve servidores públicos del partido guinda
Foto: Cristina Rodríguez

Jessica Xantomila 

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) prevé revocar el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) en el que determinó dictar medidas preventivas para que nueve servidores públicos se abstengan de asistir y organizar en cualquier lugar del país eventos iguales o similares a los que se realizaron el 12 de junio, en el estado de México, y el 26 del mismo mes en Coahuila, por considerarlos actos anticipados de campaña para renovar la Presidencia y el proceso local 2022-2023, respectivamente.

Los beneficiados serían Citlalli Hernández, secretaria general de Morena; los gobernadores Marina del Pilar Ávila, de Baja California; Alfredo Ramírez Bedolla, de Michoacán, y Carlos Manuel Merino Campos, de Tabasco, así como Mara Lezama, gobernadora electa en Quintana Roo, y Américo Villareal, gobernador electo de Tamaulipas.

Asimismo, Sergio Gutiérrez Luna, presidente de la Cámara de Diputados, y los legisladores federales Mario Llergo y Andrea Chávez Treviño.

Las medidas preventivas se dictaron a raíz de una queja que presentó el PRD contra la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, el secretario de Gobernación, Adán Augusto López, entre otros, por la supuesta comisión de actos anticipados de campaña.

En el proyecto que se discutirá en sesión privada próxima a realizarse, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña argumenta que debe revocarse el acuerdo impugnado ante la indebida fundamentación y motivación de la determinación esta acción, ya que no se advierte, ni siquiera de modo indiciario, una conducta antijurídica que la justifique.

Lo proyectado tiene como origen las impugnaciones que presentaron Gutiérrez Luna, Mario Llergo y Carlos Merino, de quienes el magistrado Mata Pizaña.

Se desecharían otras demandas de recursos similares como la de la secretaria de Educación Pública, Delfina Gómez, pues se considera que no cuenta con un interés jurídico ya que la medida preventiva era improcedente respecto de tal servidora, porque la Comisión de Quejas advirtió que la recurrente no asistió al evento en Coahuila.

 

Edición: Laura Espejo


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