PPO: SCJN perfila mantener la medida cautelar en la Constitución

Cuatro de los 11 ministros en contra de eliminarla; votación no lograría mayoría calificada
Foto: Captura de pantalla

Cuatro de los once ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) han rechazado la propuesta del ministro Luis María Aguilar Morales para “inaplicar” el artículo 19 de la Constitución y con ello invalidar la Prisión Preventiva Oficiosa (PPO). Esto hace inviable que se alcance la mayoría calificada de 8 votos para que el pleno de ministros invalide, por esa razón, esta medida cautelar.

Los ministros Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz, Alberto Pérez Dayán y Juan Luis González Alcántara Carrancá señalaron que la SCJN no tiene facultades para no observar o reformar la Constitución, pues esta es una facultad exclusiva del Congreso de la Unión.

“No me corresponde asumir una tarea que no se me asignó, no soy quien para desprender hojas de la Constitución”, afirmó Pérez Dayán.

Mientras que la ministra Loretta Ortiz afirmó que la inaplicación de la Constitución por parte de la SCJN cuestionaría la división de poderes y el estado de derecho.

“Sería una falacia que, al tiempo que estamos llamados a defender la ley suprema, llamáramos a desaplicarla”, afirmó la ministra Ortiz.

Algunos de los ministros han señalado, sin embargo, que la PPO si podía invalidarse, pero con base en los propios principios de la Constitución, y no a partir de convenciones internacionales.

La discusión en el máximo tribunal continuará el día de mañana.

 

Nota relacionada: AMLO: si Corte elimina PPO se transformará en ''supremo poder conservador''

 

Grupo de trabajo de ONU exhorta a Estado mexicano a anular la PPO

El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) exhortó de manera “urgente” al Estado mexicano a anular esa figura legal establecida en la Constitución.

Recordó que distintas instancias, como la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Comisión Interamericana y el Comité contra la Tortura, han coincidido que la detención automática es contraria a las garantías internaciones, por lo que calificó como una oportunidad histórica para que el país tome dicha determinación.

“La prisión preventiva oficiosa es contraria a las garantías internacionales de protección de derechos humanos, como lo ha indicado la jurisprudencia del Grupo de Trabajo en múltiples ocasiones” indicó Miriam Estrada-Castillo, presidenta-Relatora del Grupo de Trabajo.

Explicó que el artículo 19 constitucional obliga a los jueces a imponer prisión preventiva oficiosa a todas las personas que sean acusadas de determinados delitos.

Eso, dijo, “ha llevado a múltiples violaciones de sus derechos humanos, como la presunción de inocencia, el debido proceso y la igualdad ante la ley”.

Por medio de un comunicado emitido la mañana de este lunes, Estrada-Castillo agregó que la prisión preventiva oficiosa es, igualmente, contraria a la independencia judicial y al deber de fundamentar jurídicamente los motivos de la detención, y “pone en grave riesgo el derecho a la integridad personal y la garantía de no ser víctima de tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes”.

A pesar de que la prisión preventiva oficiosa sea establecida en la ley, ello no garantiza que no sea arbitraria, consideró.

“Una de las más serias consecuencias de la prisión preventiva obligatoria ha sido el que muchos mexicanos pasen más de una década privados de su libertad a la espera de un juicio, sin sentencia y en condiciones de grave riesgo a sus vidas e integridad personal. Esto además contribuye al hacinamiento carcelario”, expuso.

Apuntó que anular la prisión preventiva oficiosa no sólo es un paso esencial para aliviar el problema de las detenciones arbitrarias en México, sino que también permitiría apaciguar la sobrepoblación del sistema penitenciario.

 

Lee: Eliminar la prisión preventiva oficiosa no es impunidad: Especialista en DH

 

Edición: Laura Espejo


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