Eduardo Murillo
Este lunes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) comenzó a decidir el futuro de la prisión preventiva oficiosa (PPO) en un debate que requiere el voto de al menos ocho ministros para declarar inconstitucional esa medida cautelar. En la discusión de hoy, cuatro ministros (Loretta Ortiz Ahlf, Yasmín Esquivel Mossa, Alberto Pérez Dayán y Juan Luis González Alcántara Carrancá) anunciaron que están en contra del proyecto del ministro Luis María Aguilar que será votado en el pleno hasta mañana.
En caso de que la Corte tome la decisión de declarar inconstitucional la medida cautelar, sus efectos no implicarán la liberación inmediata de quienes estén sujetos a esa modalidad de privación de la libertad, según el proyecto del ministro Luis María Aguilar.
La propuesta es anular la aplicación de la parte del artículo 19 de la Constitución que permite imponer la PPO en una veintena de delitos, que van desde el abuso sexual a menores hasta el atentado contra la seguridad de la nación.
De acuerdo con el artículo 19 constitucional, el juez ordena la prisión preventiva oficiosamente en los siguientes casos:
-Abuso o violencia sexual contra menores
-Delincuencia organizada
-Homicidio doloso
-Feminicidio
-Violación
-Secuestro
-Trata de personas
-Robo de casa habitación
-Uso de programas sociales con fines electorales
-Corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito
-Ejercicio abusivo de funciones
-Robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades
-Delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos
-Delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares
-Delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos
-Delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea
-Delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad, y de la salud
El proyecto a votar en el máximo tribunal se basa en dos acciones de inconstitucionalidad, una de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y otra de senadores de minoría. En el caso de ser aprobado quedarían inválidas fracciones del artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, del artículo 5 de la Ley de Seguridad Nacional, así como del 2 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, que autorizan esa medida precautoria.
Aún en el caso de que ese sea el sentido del acuerdo de la SCJN, los efectos del fallo no serán generales ni inmediatos.
“La procedencia de la prisión preventiva oficiosa corresponderá a los operadores jurídicos competentes decidir y resolver en cada caso concreto, sujeto a su conocimiento”, señala el proyecto de Aguilar.
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SCJN actuará con independencia y responsabilidad sobre la PPO: Zaldívar
El presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar, afirmó que actuarán con independencia y plena responsabilidad al tomar la decisión sobre la constitucionalidad de la prisión preventiva oficiosa (PPO).
La discusión ocurre días después de que el presidente Andrés Manuel López Obrador expresó críticas al trabajo de la SCJN, he incluso afirmó que se equivocó con los cuatro ministros que ha propuesto para integrar el pleno: Esquivel, Ortiz, Margarita Ríos y González Alcántara.
Reacciones
El asunto ha desatado diversas reacciones. Mientras colegios de abogados y organizaciones de la sociedad civil están a favor de desaparecer la PPO, funcionarios y activistas se han manifestado por mantenerla.
La Barra Mexicana de Abogados entregó a la SCJN un amicus curiae –un alegato jurídico de una parte no involucrada directamente en un juicio–, donde manifiesta: “Rechazamos categóricamente la figura de la prisión preventiva oficiosa, recomendando su desaparición de nuestro ordenamiento y se propone una interpretación conforme a los tratados y criterios internacionales, para que los jueces se abstengan de imponer la prisión preventiva en automático”.
En otro amicus curiae, la asociación Intersecta afirma que esta medida provoca desigualdad: “Al impedir juzgar las circunstancias de cada caso, la prisión preventiva oficiosa impide juzgar con perspectiva de género”.
En contraste, el subsecretario de Seguridad Pública, Ricardo Mejía Berdeja, advirtió que eliminar la PPO generaría una gran impunidad.
El activista Adrián LeBarón hizo un llamado a la SCJN a favor de la PPO: “Antes de decidir liberar criminales, piensen en las víctimas. Si los sicarios de mi hija y mis nietos pudieran llevar su proceso en libertad, ya hubieran ocupado su ‘presunción de inocencia’ para matar más personas, incinerar más familias y sembrar más dolor”.
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