Por el delito de homicidio y lesiones culposas, el conductor del tren que se impactó en la interestación Potrero-La Raza de la Línea 3 del Sistema de Transporte Colectivo Metro sostuvo su primera audiencia ante el juez de control, donde la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México le imputó la acusación de forma directa.
La defensa del chofer solicitó la duplicidad del término constitucional antes de la vinculación a proceso, por lo cual será la próxima semana que se determine su presunta responsabilidad en la muerte de la joven estudiante de artes de la Universidad Nacional Autónoma de México y las lesiones contra 106 personas.
Además, si lleva el proceso en libertad o se determinará como medida cautelar la presión preventiva justificada.
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De acuerdo con los dictámenes que dio a conocer ayer la fiscalía Carlos Alfredo “N” actuó de forma negligente al conducir el tren número 24, que se impactó con el 23, al no respetar las medidas de pilotaje que se establecieron en modo seguridad, es decir, no rebasar 35 kilómetros por hora luego de la falla que se reportó desde el viernes 6 de enero.
Tras el análisis de la caja negra del convoy 24, el registro electrónico mostró que salió de Potrero a las 9:05 de la mañana de ese día en conducción manual restringida, rebasó el límite de velocidad y el sistema lo detuvo de inmediato, pero después registró un cambio a pilotaje automático, por lo que alcanzó 45 kilómetros por hora hasta el momento del impacto contra el tren 23.
Segunda la fiscalía no existe evidencia de que el conductor frenara de emergencia o realizara alguna otra maniobra para detener el convoy.
Según la investigación Carlos Alfredo, no se apegó a los lineamientos de los manuales técnicos, excedió el límite de velocidad en manejo manual restringido y cambió a conducción en pilotaje automático, cuando está prohibido hacerlo en marcha de seguridad.
Ante los resultados, ayer se cumplimentó la orden de aprehensión por el delito de homicidio y lesiones culposas en su contra y de inmediato fue presentado al juez de control que en audiencia inicial justificó la legal detención.
Edición: Laura Espejo
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