Niegan amparo a Murillo Karam contra vinculación a proceso

Se ratificó la prisión preventiva como medida cautelar ante el riesgo de fuga
Foto: José Antonio López

César Arellano y Gustavo Castillo

Un juez federal negó el amparo al ex procurador General de la República (FGR), Jesús Murillo Karam contra la vinculación a proceso de la primera causa penal por los delitos de tortura, contra la procuración de justicia y desaparición forzada relacionados con el caso Ayotzinapa.

Los abogados del ex funcionario impugnaron la resolución ante un tribunal colegiado en materia penal, quien en los próximos meses resolverá si confirma, modifica o revoca el fallo de primera instancia.

La secretaria en funciones de juez desestimó los agravios de Murillo Karam al considerar que la “medida cautelar cumple con la regularidad constitucional, convencional y legal exigida para ello”.

Argumentó que la prisión preventiva justificada es idónea, proporcional y la menos lesiva para cautelar los peligros procesales de sustracción del imputado, de obstaculización del desarrollo de la investigación, para evitar un posible daño para las víctimas y testigo, así como ante los factores y/o circunstancias de riesgo adecuadamente observados y constatados por la autoridad responsable, especialmente su posición económica y socio-política.

Apuntó que en el caso del ex procurador no aplica la excepción prevista en el artículo 166 del Código Nacional de Procedimientos Penales, pues existe el riesgo de sustraerse de la acción de la justicia, ya que cuenta con cinco domicilios, tiene facilidad para el contacto con los testigos, además puede haber una red de ayuda que coadyuve, dada la calidad de servidor público de alto rango en el Estado mexicano que ostentó.

Pero no sólo eso, la impartidora de justicia señaló que de encontrarse en libertad, posibilitaría la destrucción, modificación, ocultamiento o falsificación de elementos de prueba, dada la naturaleza de la investigación, así como de influir para que testigos o peritos informen de manera falsa o se comporten de manera reticente o inducir a otros a realizar tales comportamientos, o que se intimide, amenace u obstaculice la labor de servidores públicos que participen en la investigación.

"La justicia de la Unión no ampara ni protege a Jesús Murillo Karam respecto al acto reclamado', señala el acuerdo.

La semana pasada, un juez de control un juez de control dictó la segunda vinculación a proceso contra Murillo Karam por el caso Ayotzinapa.

Los cargos en contra del ex funcionario se formularon por los actos de tortura cometidos en contra de un hombre identificado –para efectos del juicio– como FRS, quien fue acusado en 2015 de ser el jefe de sicarios del cártel Guerreros Unidos y haber participado en la desaparición de 43 normalistas de Ayotzinapa en septiembre de 2014.

Edición: Ana Ordaz


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