Modalidad 40 del IMSS: Concamin y Concanaco no emiten postura ante señalamientos de fraude bajo este esquema

Abogado señala que este sistema fue aprovechado para obtener pensiones más altas
Foto: Roberto García Ortíz

Alejandro Alegría

A pesar de que dos de los principales organismos del sector privado del país tienen representación en el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), ninguno emitió una postura sobre los posibles fraudes detectados por la actual administración federal en la Modalidad 40 para pensionarse.

La Jornada solicitó a las confederaciones de Cámaras Industriales (Concamin) y de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (Concanaco) una declaración sobre los posibles fraudes bajo este esquema de pensión, mencionados por la presidenta Claudia Sheinbaum durante su conferencia matutina. Sin embargo, al cierre de la edición, ninguna de las organizaciones había fijado una postura.

La Concamin mantiene tres representantes propietarios y sus respectivos suplentes en el Consejo Técnico del IMSS, mientras que la Concanaco cuenta con un propietario y un suplente. Además, este último organismo tiene dos representantes propietarios y un suplente en el Consejo de Vigilancia.


Pensiones vigentes se mantienen sin cambios

De acuerdo con datos oficiales, las 798 mil pensiones vigentes de la Modalidad 40 no tendrán modificaciones, por lo que sus beneficiarios continuarán recibiendo los mismos montos en las fechas habituales.

La pensión promedio asciende a 25 mil 694 pesos mensuales, mientras que el salario pensionable promedio es de 999 pesos diarios, equivalente a aproximadamente 30 mil 400 pesos al mes.

En promedio, quienes acceden a esta modalidad acumulan mil 361 semanas cotizadas, lo que representa más de 26 años de contribuciones. Esto significa que la pensión obtenida equivale a cerca de 85 por ciento del salario utilizado para su cálculo.

Las adecuaciones a la Modalidad 40 son temporales, por lo que el IMSS revisará la sostenibilidad del esquema dentro de seis meses. De considerarlo necesario, se enviará una propuesta legislativa para modificar la ley.


Abogado sostiene que el esquema permitió obtener pensiones mayores de forma legal

De acuerdo con el abogado laboral Jorge Sales, la Modalidad 40 del IMSS fue aprovechada por numerosas personas para obtener pensiones más altas, aunque mediante un procedimiento legal.

En entrevista con La Jornada, señaló que la responsabilidad del impacto de esta figura en los recursos del Seguro Social recae en la concepción del propio esquema normativo, ya que “la misma autoridad creó esta oportunidad. Se aprovechó por muchos esta oportunidad y ha resultado inviable para las finanzas del gobierno”, lo cual explica por qué “por eso hoy tienen que reencauzarla”.

Ante los señalamientos del Ejecutivo federal sobre presuntas irregularidades en estas pensiones, el jurista aclaró que “el término fraude que usó la presidenta Sheinbaum no debe interpretarse en un sentido literal del delito de fraude”, pues se trata de un mecanismo legal, cuyo “beneficio no puede considerarse como un beneficio indebido o ilegal”.

No obstante la legalidad del procedimiento, el litigante reconoció que el mecanismo generó distorsiones en las finanzas institucionales.

Indicó que “se volvió un vehículo muy desventajoso para las finanzas públicas del seguro” y que “se desvirtuó el espíritu de una pensión”.

Recordó que las pensiones se generan con los ahorros del trabajador y que la Modalidad 40 está diseñada para aumentar el monto de la pensión después de dejar de trabajar.

Sales expuso que “la tasa de reemplazo de las pensiones, que es el porcentaje de sueldo con el que un pensionado se retira en México, es inferior al 35 por ciento. Es decir, una persona a lo más que puede aspirar es a un 35 por ciento de lo que ganaba cuando estaba empleada”.

Mencionó que la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio está regulada por la Ley del Seguro Social, por lo que habrá que ver si las nuevas restricciones del Acuerdo del Consejo Técnico del IMSS, sobre el salario para la incorporación y los casos en que procede, están dentro de las facultades del Instituto o si necesitan modificar la Ley. 

“Esta cuestión adquiere especial relevancia considerando que el propio Acuerdo prevé que, una vez concluido el análisis sobre el impacto financiero de la Modalidad 40, aquellas modificaciones que impliquen reformas legales deberán someterse al proceso legislativo correspondiente”, indicó. 

El jurista agregó que, en consecuencia, además de sus efectos prácticos inmediatos, será necesario analizar el alcance jurídico de estas medidas temporales y su compatibilidad con las disposiciones actualmente vigentes de la Ley del Seguro Social.




Edición: Estefanía Cardeña


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