Este miércoles 13 de enero entra en vigor el nuevo Reglamento sobre la producción, investigación y uso medicinal de la mariguana y sus derivados farmacológicos, el cual contiene la disposiciones a cumplir para la producción de la semilla y planta, la generación de materia prima que se utilizará con fines de investigación para la salud, así como para la fabricación de medicamentos.
El documento se publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación con las secretarías de Salud y de Agricultura como responsables de su cumplimiento. Entre otros, cuando se trate de investigaciones con cannabis, los interesados deberán presentar y obtener la autorización del protocolo respectivo.
En tanto, los médicos que deseen prescribir alguno de los productos farmacológicos con cannabis que serán controlados, deberán obtener el código de barras para los recetarios especiales de prescripción de medicamentos, el cual proporcionará la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) previo cumplimiento de requisitos.
Por su parte, las droguerías y farmacias autorizadas para la venta de medicinas elaboradas con cannabis deberán contar con un registro de pacientes y garantizar la confidencialidad de los datos personales.
Otro de los aspectos incluidos en el reglamento es el relacionado con la publicidad. Determina que esta sólo se autoriza para profesionales de la salud, por lo que queda prohibido realizar promoción y publicidad dirigida a la población en general.
Edición: Mirna Abreu
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