La sesión de este miércoles de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) estuvo marcada por la ausencia de tres de sus siete magistrados. El programa incluía revisar la sanción contra la gobernadora de Campeche, Layda Sansores San Román, sobre incluirla en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género y resolver sobre el proyecto de la magistrada Janine Otálora Malassis en cuanto a suspender los procesos del Frente Amplio por México, por considerar que pretenden cometer un fraude a la ley electoral.
En el primer punto confirmó la sentencia en contra de la gobernadora. Únicamente pidió a la Sala Especializada revisar si el tiempo que debe durar la sanción corresponde a lo contemplado legalmente.
Pero la cuestión de cortar de tajo el proceso del Frente Amplio, como propuso Otálora Malassis, sustentando que aunque los partidos tienen derecho a la autoorganización y autodeterminación, el procedimiento que actualmente sigue tiene como finalidad seleccionar a quien tendrá la candidatura a la Presidencia de la República.
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Lo anterior está muy adelantado a la fase de precampaña que la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales contempla, que debe ser hasta la tercera semana de noviembre próximo. Además, quienes participan han manifestado su interés en ser candidatos a la Presidencia. En el proyecto de la magistrada, esto configura la finalidad de cometer un fraude a la ley.
Pero reconoció bien: no le corresponde más que aplicar las normas que el Legislativo expida, y este Poder tiene la responsabilidad de ajustar la norma a la realidad, la cual es una: el tiempo de campaña es mucho más amplio de lo que marca la ley.
Con todo y que quedó demostrado que los estatutos de los partidos PAN, PRI y PRD no cuentan con la figura de coordinador de la construcción del Frente Amplio, los otros tres magistrados rechazaron el proyecto de anular el proceso del frente opositor y optaron por avalar su convocatoria.
Sin embargo, esto no significa que el TEPJF se haya quedado cruzado de brazos ante lo que se percibe como actos partidistas dirigidos a la selección de candidato presidencial. La medida de pedir al consejo general del Instituto Nacional Electoral (INE) que expida, en cinco días naturales, los lineamientos para fiscalizar estos actos o semejantes que tengan lugar en el futuro le pega a los partidos en el manejo libre del dinero que reciben como prerrogativas.
Otro golpe es que no podrán acceder a las prerrogativas de radio y televisión, ni contratar espacios en esos medios. Por supuesto, queda abierta la posibilidad de la propaganda en redes sociales, mucho más difícil de fiscalizar, pero por lo mismo, al ampliarse el universo de actividades susceptibles a ser auditadas, el margen financiero para la difusión de propaganda de los aspirantes también se reduce.
Será difícil decir si esto es suficiente para garantizar la equidad en las campañas. Sin embargo, es un paso firme que termina por abonar a la democracia y a la republicana división de poderes.
Edición: Estefanía Cardeña
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