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Grupo Salinas arrastra una serie de litigios a fin de evitar el pago de impuestos que, según reconoce el propio conglomerado, se remontan a 2006. Una de las estrategias jurídicas empleadas por este consorcio para posponer el cumplimiento de sus obligaciones fiscales es la presentación de recusaciones e impedimentos (figuras usadas para separar a un juzgador de un asunto cuando existe riesgo en su imparcialidad o un posible conflicto de intereses) contra los miembros del Poder Judicial que llevan sus casos.

Así, en junio de 2020, Elektra, una de las empresas de ese consorcio, consiguió el impedimento de la ex ministra Margarita Ríos-Farjat, con lo que pospuso hasta enero de 2022 la liquidación de un crédito fiscal de 2 mil 635 millones de pesos. En enero de 2024, otra de las compañías, Totalplay, interpuso un recurso contra el ex ministro Luis María Aguilar para que no pudiera emitir un fallo referente a las omisiones del pago del impuesto sobre la renta (ISR) del ejercicio fiscal del 2011. En octubre de 2024, Elektra presentó una serie de recursos contra las ministras Lenia Batres Guadarrama y Yasmín Esquivel Mossa con el argumento de su cercanía al gobierno de Andrés Manuel López Obrador, pero también contra el ex ministro Alberto Pérez Dayán, personaje antagónico a la Cuarta Transformación y cercano a los intereses empresariales.

El objetivo de esos impedimentos era, simplemente, hacer que el expediente pasara de la segunda a la primera sala de la SCJN.

Posteriormente, se recusó también al ex ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y a la ministra Loretta Ortiz Ahlf. Pese a que en mayo pasado el máximo tribunal determinó que los impedimentos contra estos dos últimos togados fueron infundados y sancionó a Grupo Salinas por transgredir el principio de justicia pronta y expedita, el conglomerado persistió en el uso de ese recurso hasta llegar este mes al absurdo de solicitar el impedimento de los nueve integrantes de la Suprema Corte para que se abstengan de resolver el amparo directo en revisión 6321/2024 en el que impugna el crédito fiscal de 2013, el más cuantioso que enfrenta, por más de 33 mil 306 millones de pesos, así como el juicio 5654/2024, relativo a otro crédito fiscal de 2008, por más de mil 431 millones 466 mil pesos. Las solicitudes fueron rechazadas sin mayor trámite por el ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, quien impuso multas a la empresa por buscar entorpecer o dilatar los juicios.

En este punto cabe destacar que no se conoce la cuantía de las sanciones establecidas por Aguilar Ortiz, pero el monto máximo legal asciende a 65 mil pesos, que fue el fijado en mayo. Semejante sanción es irrisoria ante el poder económico de Grupo Salinas y frente a los recursos monetarios que deben ingresar al erario. De ello se desprende la necesidad de legislar para que las penalizaciones sean proporcionales a las sumas en juego, pues el esquema actual permite e incluso estimula estrategias de postergación indefinida de los juicios.

Además de la vía judicial, Grupo Salinas ha echado mano de su poder mediático para difundir en la opinión pública versiones que no se apegan a los hechos. Así, en días recientes divulgó que está y que siempre ha estado dispuesto a pagar, pero que el Sistema de Administración Tributaria (SAT) se lo impide. De acuerdo con este relato, el consorcio habría acordado de forma verbal en el sexenio pasado saldar su deuda con 7 mil 600 millones de pesos, apenas la décima parte de lo que le reclama la autoridad.

Ante la falta de pruebas de dicho acuerdo, sostiene ser una empresa que “valora y respeta la palabra”, por lo que “el habernos dado la mano tiene más validez que un papel firmado”. Dado que la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo rechazó la existencia de cualquier componenda entre el SAT y Grupo Salinas, éste anunció que sigue y seguirá ejerciendo se derecho a defenderse, incluso recurriendo a instancias internacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos. A este respecto, Grupo Salinas y su accionista mayoritario harían bien en asumir que incumplir con el pago de impuestos no es un derecho humano y que exigirlos no puede ser considerado atropello ni persecución; es, simplemente, aplicación de la ley.


Edición: Ana Ordaz


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