Carlos Águila Arreola
Foto: Archivo La Jornada Maya
La Jornada Maya

Cancún, Quintana Roo
Domingo 6 de mayo, 2018

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuró un predio de casi dos mil 500 metros cuadrados al sur de la entidad, en la localidad de Úrsulo Galván, en Chetumal, donde se realizaron obras y actividades de relleno en humedal costero.

Los inspectores de la delegación de la Profepa efectuaron una visita a un predio ubicado en la calle Cedros, y durante la inspección se detectó el relleno del sitio costero, en la laguna Chile Verde, con presencia de vegetación de manglar.

El reporte indica que se utilizó piedra y sascab en una superficie de 254 metros cuadrados, y que las piedras rodean algunos ejemplares en pie de mangle botoncillo (Conocarpus erectus); sin embargo, sobre el relleno se identificaron cuatro tocones del mismo mangle y la poda de 10 ramas de la misma especie.

También, colindante a la laguna Chile Verde y sobre el relleno, se observó la regeneración de cuatro plántulas de mangle rojo (Rhizophora mangle) y 20 plántulas de botoncillo, ambas especies listadas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, bajo la categoría (A) Amenazadas.

Al momento de la inspección no había actividades en el sitio, aunque el visitado señaló que el relleno se inició el pasado mes de diciembre y que se realizó de manera manual con pala y carretilla porque el agua socavaba el litoral, por lo que se colocó piedra para evitar la erosión.

El predio donde se realizó la inspección está parcialmente desprovisto de vegetación natural, observándose ejemplares aislados en pie de mangle botoncillo, asociados con zacate cortadera (Cladium jamaicense).

Al momento de la inspección, el responsable no presentó la autorización en materia de impacto ambiental para las obras, por tal motivo y para evitar que se continuara poniendo en riesgo los recursos naturales y el cuerpo lagunar, se procedió a imponer la clausura total temporal y se colocaron los sellos correspondientes.

La medida se mantendrá hasta que el responsable acredite contar con la autorización para las actividades y trabajos en un ecosistema de humedal lagunar costero con presencia de vegetación de manglar, que emite la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

De conformidad con el artículo 28, fracción X de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), las obras y actividades en humedales y manglares deben contar con la autorización de la Semarnat.

La sanción por obras y actividades de competencia federal puede alcanzar una multa por el equivalente de 30 (dos mil 418 pesos) hasta 50 mil (cuatro millones 30 mil pesos) unidades de Medida y Actualización (UMA), de acuerdo con el artículo 171, fracción I de la LGEEPA.


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