Carlos Águila Arreola
Foto: Infoqroo
La Jornada Maya

Cancún, Quintana Roo
Lunes 19 de marzo, 2018

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió su fallo sobre el caso Malecón Tajamar, y ordenó a los juzgados de Cancún reponer el juicio de amparo promovido a nombre de 113 niños que habían alegado su derecho a un medio ambiente sano, pero que les fue negado por supuestamente no acreditar su interés legítimo.

La Corte revocó la sentencia del juzgado cuarto al resolver el amparo en revisión 659/ 2017, y ordenó reponer el procedimiento impugnado, permitiendo a los niños acreditar su interés legítimo y que dicte una nueva sentencia en torno a los actos que reclamaron.

El Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) interpuso recursos para desechar ese amparo, el primero que logró detener el desmonte de vegetación en 2015, pero tan pronto fue sobreseído se ordenó el desmonte de manglar con maquinaria pesada y apoyo de la policía municipal de Cancún, la madrugada del 16 de enero de 2016.

La segunda sala de la SCJN concluyó que el juez cuarto incurrió en una “omisión procesal” al “no haber analizado correctamente” el concepto de interés legítimo al sobreseer el amparo, pues debió “requerir a los quejosos menores, que acreditaran su residencia en la ciudad en la que afirmaron se llevó a cabo la ejecución de los actos reclamados”.

Además, que “bastaba la presentación de algunos documentos, al alcance de los padres o tutores, o que fácilmente se podrían recabar por parte del representante especial de los niños promoventes, para demostrar que habitan normalmente en la ciudad y, con ello, acreditar su interés legítimo”.

Son seis actos reclamados: la emisión de la autorización de impacto ambiental a favor del Fonatur por parte de Semarnat; la omisión de Profepa al permitir la destrucción de manglares; la tala y relleno de humedales; y la expedición del permiso de chapeo y desmonte por parte de la la Dirección General de Ecología de Benito Juárez, entre otros.

El constitucionalista Raymundo Gil Rendón, quien asesoró al colectivo Salvemos Manglar Tajamar en la interposición del juicio de amparo, dijo que al haber al menos otro fallo en tribunales, es muy probable que la reposición del juicio se resuelva en el mismo sentido.

El resolutivo al que se refiere el experto es el 1064/2015, promovido por Araceli Domínguez Rodríguez, respecto del cual el 25 de julio de 2017 el tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito resolvió a favor para dejar sin efecto la autorización de impacto ambiental del proyecto, ordenando la restauración de la vegetación derribada o desmontada.


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