Carlos Águila Arreola
Foto: Infoqroo
La Jornada Maya

Cancún, Quintana Roo
Jueves 15 de marzo, 2018

Si se mantiene en su intención de transmitir en vivo y de manera gratuita el “esperado” episodio de Dragon Ball Super el próximo sábado, el presidente municipal Remberto Estrada Barba podría ser multado con varios millones de pesos e incluso ir a prisión, advirtió Hugo Alday Nieto, uno de los 50 abogados especializados en propiedad intelectual que hay en el país.

En charla exclusiva con [i]La Jornada[/i], el experto en controversias de marcas y nombres de dominio por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) señaló que “a veces la ignorancia es atrevida” porque “tendrían que pasar 100 años para poder explotar públicamente cualquier obra registrada”.

El martes, el alcalde del municipio de Benito Juárez (Cancún) ratificó su intención de transmitir en vivo el episodio porque “fue una petición de miles de ciudadanos”, pese a que la compañía de animación japonesa Toei Animation ya señaló en la red social Twitter y un comunicado que jamás han autorizado la proyección pública, “tal y como algunos gobiernos locales en México y Latinoamérica lo planean para el próximo fin de semana”.

Al respecto, el maestro en derecho de propiedad intelectual dijo que “a veces la ignorancia es atrevida” porque en materia de derechos de autor se trata de proteger las obras de los demás, y para que todos sepan que equis o zeta obra no es tuya, para eso registro y para eso dice copyright ©, derechos reservados.

“Cuando uno lee ese tipo de declaraciones de «no estoy haciendo piratería porque no estoy cobrando», híjole… hay que pedir asesoría de un abogado porque si ya sabe el autor y te dijo que no, y aun así lo haces, se configura un delito penal y puede ser cárcel”.

Y explicó que los derechos de autor son plurales porque hay varios tipos, y que en este caso se trata de patrimoniales y morales. En el caso de la primera acepción, “no estoy cobrando”, no hay un lucro directo indebido, pero indirecto sí lo hay: ¿qué voy a obtener de beneficio por poner la transmisión y que vaya la gente?

“Los derechos morales son los que tiene directamente el autor de la obra porque es de él; la pregunta aquí sería: ¿se pidió permiso al autor? ¿Dio permiso para reproducir su obra? Ahí ya hay una infracción: ¿pidió permiso a la casa editora que hizo la filmación; dio autorización para exhibirla?”

[i]Barbaridad[/i]

Alday Nieto puntualizó que todos los que piensen exhibir la obra tienen que tener un permiso y pagar regalías: “Así es el derecho de autor, no es ‘yo lo uso y como no cobro lo puedo usar’. Existe la copia privada; si compré el disco original lo puedo ver en casa con quien yo quiera porque es reproducción privada y lícito”.

En cambio, añadió el especialista, “si lo hago públicamente, y además se trata de una autoridad, eso es una barbaridad porque la propia autoridad está fomentando la violación al derecho de autor; eso no puede ser”.

Tras revelarse las intenciones de muchos municipios, organismos y hasta bares y plazas de proyectar públicamente el final de Dragon Ball Super, la dueña de la marca advirtió que jamás dieron su consentimiento para la transmisión porque “ese tipo de proyecciones atentan contra los derechos de autor e, incluso, incitan al consumo ilegal de productos y la piratería”.

En otra parte del texto se lee que “por tal motivo y con tal de proteger el trabajo de miles de personas y diversos sectores laborales”, la compañía invitó a los fans de la serie a que se abstengan de consumir los capítulos de cualquier manera que sea ajena a los medios, canales y plataformas oficiales de emisión.

El experto en controversias de Marcas y Nombres de Dominio por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), advirtió que si el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor) se entera, seguramente algún inspector llegará en los siguientes días a tocar la puerta de las oficinas del alcalde con sendas multas.

“Una multa del Indautor, y por películas… las más baratas que nos han tocado ver y no son así de masivas, y contra una autoridad, estamos hablando por un software al municipio, han sido arriba de 300 mil pesos, pero en este caso mucho más si se logra notificar antes de la proyección porque no hay un permiso.”

Sostuvo que al momento en que la casa editora –como ya ocurrió– se pronuncia y niega la autorización, “ya sabes que no puedes, entonces se configura un delito a sabiendas porque la reproducción de una obra sin autorización del titular o su causahabiente puede ser un delito en materia de derechos de autor, está en el Código Penal Federal.

“Si ya sabe el autor y dijo que no, y aun así lo haces… volvemos a lo mismo: la ignorancia es atrevida y (en este caso) se configura un delito federal y puede ser cárcel por ser una infracción en derechos de autor.”

En cuanto a la “leyenda urbana” de que después de cierto tiempo el derecho de autor es de dominio público, Hugo Alday dijo que es cierto, pero “tendrían que pasar 100 años para poder explotar públicamente cualquier obra registrada”.


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