Carlos Águila Arreola
Foto: Especial
La Jornada Maya

Cancún, Quintana Roo
Martes 13 de febrero, 2018

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) retiró del área natural protegida y de refugio para la protección de especies marinas bahía de Akumal a más de 750 turistas de la zona de nado libre, y suspendió a dos empresas por emplear embarcaciones turísticas ilícitas para esas actividades.

De acuerdo con la Ley General de Vida Silvestre (LGVS), las empresas infractoras podrían hacerse acreedoras a una multa que iría de 50 (cuatro mil 30 pesos) a 50 mil (cuatro millones 30 mil pesos) unidades de Medida y Actualización (UMA’s), y los dueños o infractores a prisión hasta por nueve años.

A partir de febrero, la Profepa desarrolla un operativo en materia de vida silvestre y Zona Federal Marítimo Terrestre (Zofemat), en coordinación con la fuerzas de seguridad de la Secretaría de Marina (Semar), la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) y vigilantes comunitarios de Akumal.

La dependencia indicó que el operativo tiene el propósito de inhibir y desalentar la comisión de ilícitos que dañan a las tortugas, corales y pastos marinos en el área protegida, denominada Área de Refugio Bahía de Akumal, en el municipio de Tulum.

Durante los lunes de cada mes se prohíben actividades de observación y nado con tortuga marina en la zona, conforme a las autorizaciones otorgadas a 30 permisionarios por la Dirección General de Vida Silvestre de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

Durante el periodo de inactividad, la Profepa refuerza la vigilancia que se realiza desde junio de 2016 en el á.

Como resultado del operativo se realizaron seis recorridos por la Zofemat y 10 incursiones submarinas, y se apercibieron y retiraron de la zona a 150 turistas que pretendían observar a los quelonios; se estimó un total de 750 en la zona de nado libre (180 turistas diarios en promedio), y se mantiene la vigilancia permanente en la zona.

En los días del operativo se levantó acta de inspección a la “Sociedad Cooperativa Piratas de Akumal”, y a la tienda de buceo “Akumal Dive Center”, por realizar actividades de nado y observación con tortugas marinas empleando embarcaciones turísticas.

Se incumplieron las condicionantes 2 y 7, fracciones XXII y XIV de las autorizaciones de la Dirección General de Vida Silvestre para el aprovechamiento no extractivo y la realización de recorridos ecoturísticos de nado con esnórquel guiados para el avistamiento de tortugas marinas (carey, Eretmochelys imbricata; blanca, Chelonia mydas, y caguama o amarilla (Caretta caretta) de las zonas arrecifales y de pastizales marinos de Akumal.

Con fundamento en el artículo 117, fracción III de la LGVS, se impuso como medida de seguridad a la “Cooperativa Piratas de Akumal” y a la tienda de buceo denominada Akumal Dive Center, la suspensión de actividades de aprovechamiento no extractivo.

La Ley General de Vida Silvestre establece que las violaciones cometidas podrán ser sancionadas con la imposición de una multa por el equivalente de 50 a 50 mil unidades de Medida y Actualización (UMA’s) vigente.

También, conforme a lo previsto en el artículo 418 del Código Penal Federal, las conductas pueden derivar en delito penal y se podría imponer una pena de seis meses a nueve años de prisión.


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