La Jornada Maya
Foto: @IEQROO_oficial
Chetumal, Quintana Roo
Jueves 9 de noviembre, 2017
Del 13 de noviembre al 5 de diciembre, estará abierta la etapa de registro de los ciudadanos que deseen participar en la convocatoria para la designación de Consejeros y Vocales de los Consejos Municipales del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo), y podrán registrarse en los módulos que se instalarán en cada uno de los municipios que les corresponda, informó la consejera electoral y presidente de la Comisión de Organización, Informática y Estadística, Thalía Hernández Robledo.
Destacó que serán un total de 88 ciudadanos que integrarán los 11 consejos municipales a instalarse en todo el estado, ya sea para consejeras y consejeros presidentes; consejeras y consejeros electorales; así como vocales secretarias y secretarios, de organización y de capacitación. La remuneración quincenal bruta, de los cargos a ocupar serán: consejera o consejero presidente, 7 mil 502 pesos; consejera o consejero electoral, 6 mil 865 pesos; vocal secretaria o secretario, 6 mil 865 pesos; vocal de organización, 6 mil 229 pesos y vocal de capacitación, 6 mil 229.
Hernández Robledo reiteró el llamado para que hombres y mujeres que cumplan con los requisitos de la convocatoria, la cual puede ser consultada en la página del Instituto: www.ieqroo.org.mx, asimismo, las y los aspirantes entregarán un formato de solicitud de registro que será proporcionado en dichos módulos y/o disponibles en la página de Internet del Instituto en: www.ieqroo.org.mx/pel2017_2018/consejos/formatos.zip, participen y sean parte de las elecciones locales el próximo 1 de julio.
Dio a conocer que entre los requisitos que deben cumplir las y los ciudadanos son: estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos; estar inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar vigente; tener más de 30 años de edad, el día de la designación; poseer el día de la designación, como mínimo, el nivel académico de Bachillerato; gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter no intencional o imprudencial: contar con una residencia efectiva en el municipio de que se trate, de por lo menos dos años anteriores a su designación; entre otros.
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