Carlos Águila Arreola
Foto: Cuartoscuro
La Jornada Maya

Chetumal, Quintana Roo
Viernes 23 de junio, 2017

El tercer tribunal colegiado del vigésimo séptimo circuito ordenó a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) restituir el manglar devastado en Malecón Tajamar, tras otorgar el amparo y protección de la justicia a varios grupos defensores del medio ambiente liderados por el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda).

El colectivo, conformado además del Cemda por otras cuatro organizaciones –Salvemos Manglar Tajamar, Grupo Ecologista del Mayab (Gema), Centro para la Diversidad Biológica y Greenpeace México–, aplaudieron el gran logro de la sociedad civil.

El tribunal también obliga a que la Semarnat se abstenga de ejecutar la autorización de impacto ambiental otorgada al Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur), que permitía la remoción de vegetación; también resolvió que la dependencia se abstendrá de emitir un nuevo permiso, un logro en la protección del manglar de Tajamar.

El Cemda, en representación de Araceli Domínguez Rodríguez –dirigente de Gema, y otras 13 quejosas de Salvemos Manglar Tajamar–, presentó a principios de año el recurso de revisión 88/2017, que deriva del juicio de amparo 1064/2015 contra la sentencia del juzgado tercero de distrito, que había sobreseído el juicio de amparo por supuestamente no acreditar interés legítimo para combatir la autorización de impacto ambiental.

Se trata del permiso al proyecto denominado Anteproyecto Malecón Cancún, contenida en el oficio SGPA/DGIRA.DEI.1855.05 del 28 de julio de 2005, expedido por la Semarnat, así como los trabajos de tala y remoción de manglar con maquinaria pesada, por violar el derecho humano a un ambiente sano.

Tras una revisión al expediente, el tercer tribunal evidenció que no hay constancia de que la urbanización y edificación en el malecón estuviese terminada, por lo que determinó que no eran actos consumados de forma irreparable, como pretendía hacerlo valer el Fonatur, promovente del proyecto.

“Por ello, el tribunal resuelve que es factible reforestar las zonas afectadas, por lo que sentencia a la restitución del mangle impactado, tomando en cuenta opiniones técnicas de expertos.

“El tribunal fundó su sentencia en los principios de prevención, precaución, responsabilidad y desarrollo sustentable, así como el reconocimiento de derechos colectivos que prevalecen sobre la propiedad privada; referente en la lucha por la protección al medio ambiente.”

El documento añadió que el tribunal fundó su resolución bajo la premisa de que la Semarnat debió procurar la máxima protección al medio ambiente para garantizar, en el ámbito de sus competencias, la aplicación y respeto de los derechos humanos establecidos en la Constitución y los tratados internacionales suscritos por México.

El colectivo destacó el sentido del tribunal colegiado para determinar que, derivado del principio de responsabilidad, el que genera degradación al ambiente es responsable de los costos de las acciones preventivas y correctivas.

“El siguiente paso es identificar cómo se debe restaurar o reforestar la porción del manglar que ha sido afectada”, señaló el Cemda, para agregar que “todas las premisas resultan un precedente ambientalista de gran trascendencia, por lo que será un referente para el derecho ambiental en México”.


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