Desprotegen a víctimas de violencia política de género en QRoo

Señalan que la XVI Legislatura no realizó una traslación de la ley de local a federal
Foto: Congreso de Quintana Roo

La derogación del tipo penal de violencia política de género por parte de la actual Legislatura en el ámbito local deja a las víctimas que denunciaron este delito hasta antes del 8 de septiembre de 2020 en la indefensión y sin la posibilidad de acceder a la reparación integral del daño, porque no hicieron la traslación del tipo penal al plano federal, denuncia una afectada.

En el año 2018 se creó el tipo penal de violencia política en razón de género en Quintana Roo, y a partir de ese mismo año se presentaron denuncias por este motivo, pero en abril de 2020 se decretó una reforma federal electoral en materia de violencia política contra las mujeres, por el que se crea el delito de violencia política, legislado en la Ley Federal de Delitos Electorales.

Dicha reforma a nivel federal, obligó a los estados a realizar inmediata la armonización de sus leyes, por lo que el Congreso de Quintana Roo aprobó el pasado 5 de septiembre de 2021 la reforma en materia de violencia política, la cual se hizo oficial en el Periódico Oficial del estado el día 8 de septiembre del mismo año.

Pero cuando hacen esa publicación -explica la abogada y víctima, María Hadad Castillo- la XVI Legislatura deroga “sin mayores argumentos” y sin realizar una traslación del tipo penal local al federal, la violencia política en el estado.

“Para empezar estuvo mal que lo eliminaran porque no se contraponía, porque de hecho nuestro tipo penal era más amplio, brindaba mayor beneficio de las víctimas en el estado, podía subsistir el local y también el federal, y en un asunto de control convencional, la víctima podía adherirse al que mejor le funcionara”, detalla Hadad Castillo.

Lo que tampoco hizo bien la XVI Legislatura es que fue omisa en colocar en los artículos transitorios que todos los asuntos que ya se estuvieran tramitando al momento de la publicación de ese decreto deberían ser atendidos por la ley federal, lo que supone la traslación del tipo penal.

Con este error u omisión los legisladores dejan en la indefensión a todas las víctimas que antes de la reforma denunciaron ante la Fiscalía el delito de violencia política.

“Hay varios casos, el mío no es el único”, narra Hadad Castillo, quien en octubre de 2018 presentó en su carácter de regidora ante la Fiscalía General de Justicia del estado una denuncia por violencia política de género en contra del responsable de la dirección de Comunicación Social del Ayuntamiento de Othón P. Blanco, desde donde se difundieron imágenes para denostar su ejercicio político.

El caso fue sobreseído en días recientes por el tema expuesto, más no resuelto de fondo.

Hadad Castillo demandó que se trata de un error del Legislativo que da pie a amparos, porque el espíritu de la reforma electoral era ampliar la visión para la protección de los derechos humanos de las mujeres y no lo contrario.

“Es un decreto cuyo dictamen tenía más de 200 páginas, que evidentemente la Legislatura, las y los legisladores, no leyeron y sus asesores y asesoras tampoco, porque cualquiera pudo darse cuenta de lo que hacían; aunque se sabe que al director jurídico del Congreso, Lizando Landeros y al subsecretario de asuntos legislativos, que era Benjamín Baca, sí se les advirtió que no podían eliminarlo, precisamente porque había asuntos basados en ese tipo penal, y dos, que debían estar en los transitorios esa salvaguarda”, dice la ex regidora.

Por lo tanto, menciona, existe un agravio en contra de las víctimas porque les deja en estado de indefensión y les imposibilitan el acceso a la reparación integral del daño, por lo que urgió a los legisladores corregir esos transitorios.

 

Edición: Laura Espejo


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