Joana Maldonado
Foto: Joana Maldonado
La Jornada Maya

Chetumal, Quintana Roo
Jueves 11 de agosto, 2016

El pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo declaró improcedente el juicio de nulidad promovido por el el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en contra del acuerdo de la elección de gobernador de Quintana Roo, a favor de Carlos Manuel Joaquín González. Se trató de la última impugnación del proceso electoral ordinario, que confirmó prácticamente todos los resultados en 133 asuntos.

El PVEM solicitaba la nulidad de la elección, en principio por supuestas violaciones graves y sistemáticas a los principios rectores en materia electoral y determinantes para el resultado de la elección.

El Verde Ecologista acusó la existencia de actos anticipados de campaña imputables al PAN, PRD y el candidato en su momento, Carlos Manuel Joaquín González, así como irregularidades atribuidas a estos partidos políticos y su precandidato, derivado de un procedimiento especial sancionador resuelto con anterioridad.

La demanda del Verde señalaba que la Sala Superior del TEPJF determinó un uso indebido de pautas publicitarias por parte de los demandados, lo que resultó infundado, pues la Sala Regional Especializada determinó sobreseer dicho procedimiento.

El PVEM también demandó la realización de actos anticipados de precampaña por el ciudadano Carlos Joaquín González, a través de propaganda en Internet, lo que resultó inoperante en virtud de que la Sala Superior del TEPJF resolvió que dichos mensajes no denotaban la presentación de una candidatura a un cargo de elección popular.

[b]Acto de presión[/b]

Dentro de este agravio, el PVEM acusó que el día de la jornada electoral se ejerció violencia y presión al electorado, alegando inequidad en la contienda derivada de la presencia de Daniel Ávila Ruiz, senador del PAN, en la ciudad de Cancún, lo que también resultó infundado porque hace valer el ejercicio de presión al electorado, siendo que tal argumento encuadra como causal de nulidad de votación recibida en casilla, la cual debió hacer valer en contra de los resultados del cómputo distrital de la elección de gobernador realizada por los consejos distritales y no contra el cómputo y calificación de la elección de gobernador.

Al no comprobarse los elementos presentados de la causal de nulidad de la elección, se declaró la improcedencia de la misma, confirmando así el cómputo y resultado de la elección de gobernador, así como la entrega de la constancia de mayoría y validez al candidato electo Carlos Manuel Joaquín González.


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