Graciela H. Ortiz
Foto: Captura de video
La Jornada Maya
Mérida, Yucatán
Miércoles 27 de mayo, 2020
El Pleno de la LXII Legislatura del Congreso del Estado aprobó, este miércoles, por unanimidad el dictamen por el que se modifica el Código Penal del Estado, en materia de fraude tratándose de la insolvencia voluntaria del deudor alimentista.
Se contempla un nuevo tipo penal, por medio del cual se castigará a la persona que haga parecer que no tiene patrimonio o solvencia económica para evitar que se le decrete por un juez familiar una pensión alimenticia digna para su esposa, concubina, hijos, padres, etcétera.
Por ello, se decretó la reforma del artículo 324 del Código Penal del Estado que establece entre otras cosas aunar una fracción que establezca duplicar la sanción existente, que va de entre cuatro a ocho años de prisión y de quinientos a mil días multa por tal delito, cuando mediante cualquier acto se simule insolvencia para eludir las obligaciones alimentarias.
“No queremos que exista impunidad para que quienes tengan la obligación de cumplir mediante una pensión alimenticia fijada por los jueces familiares se salgan con la suya y evadan esa responsabilidad”, expresó el diputado Luis Borjas Romero, promovente de esta iniciativa.
En lo que corresponde a la reforma al artículo 328 del citado Código Penal se establece un nuevo tipo de fraude y considera que aquella persona que de manera dolosa simule su insolvencia económica en detrimento de sus acreedores alimenticios se le impondrá el doble de la sanción que considere el delito de fraude genérico.
Edición: Enrique Álvarez
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