Al lunes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que el delito por ciberacoso (en el Artículo 243 bis 12 del Código Penal del Estado de Yucatán) es inconstitucional debido a que la redacción era ambigua y no cumplía con los parámetros de claridad para la sociedad sobre lo permitido o no, esto, ocasionaba criminalización a activistas y periodistas, declaró Carla Escoffié Duarte, abogada y maestra en Derechos Humanos y Democratización.
Este artículo, exhibió, impedía la libre protesta en redes sociales, pues ante las etiquetas para exigir o denunciar actos -aunque formara parte de la libertad de expresión- podía ser denunciado alegando este Artículo 243 bis 12, del mismo modo ocurría con periodistas que etiquetaran a funcionariado público para visibilizar situaciones.
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Es de mencionar que, desde que este delito fue aprobado en 2019, el Colectivo por la Protección de Todas las Familias en Yucatán y la Oficina para México y Centroamérica de ARTICLE 19 denunciaron que la redacción era ambigua e impactaba de forma negativa en el ejercicio de la libertad de expresión.
La maestra informó que “a partir de ahora ese delito ya no tiene vigencia en Yucatán […] eso no quiere decir que no haya protección en contra del acoso en redes sociales”.
Expuso que este delito particular sobre ciberacoso “era absolutamente innecesario porque ya existe al menos tres delitos en el Código Penal del estado de Yucatán que perfectamente podrían servir para sancionar cualquier tipo de acoso en redes sociales”.
Detallo que los delitos por hostigamiento sexual y acoso, amenazas no hacen distinción sobre el espacio en el que son ejecutados, es decir, pueden ocurrir en la virtualidad o presencialidad y cualquier víctima puede apelar a estos ante la Fiscalía.
Este párrafo sobre “ciberacoso” en el estado, señaló, o fue creado para criminalizar e inhibir la crítica, pues, fue propuesto en 2019 en el contexto de los reclamos ante el voto negativo hacia el matrimonio igualitario o por populismo penal, es decir, para crear iniciativas que sean anunciadas por sonar llamativas y no para atender realmente los problemas de acceso a la justicia, opinó.
“No es que haga falta el reconocimiento de ciertos delitos, sino que se garantice el acceso, que la Fiscalía realmente persiga estos delitos, que tenga los recursos y el personal suficiente, lo mismo los juzgados”.
Hoy, la mayor problemática, resaltó, es la falta de presupuesto y capacitación al personal, así como el rezago judicial; “en lugar de afrontar esta situación crean bombas de humo como aumentar penas, crear nuevos delitos para crear la ilusión de que se está haciendo algo”.
En particular, señaló que la Policía Cibernética está muy poco capacitada y en ocasiones su acción es únicamente reportar por medio de Facebook lo que ocurre, lo cual la víctima misma puede hacer. “Todavía existe la creencia en México y en Yucatán que lo que ocurre en redes sociales no es un riesgo real y no se prioriza”.
“No es tanta la labor que tenga el Congreso como el Poder Ejecutivo y el Judicial”, pues resaltó que lo necesario hoy en día es otorgar acceso a la justicia y no legislar.
Edición: Estefanía Cardeña
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