Los patines, patinetas y monopatines, conocidos como scooter, tienen el derecho a circular en vías públicas, señaló el Observatorio de Movilidad Sostenible de Mérida (OMSM).
De acuerdo con la agrupación, estos medios de transporte sí están reconocidos por el Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán como “Vehículos de Propulsión Humana” (Art 19. Fracc. IV) y como tal, tienen derechos y obligaciones similares a las personas usuarias de bicicletas y triciclos.
En días recientes, se ha compartido en redes sociales y medios de comunicación el accidente que sufrió una persona que iba a bordo de un scooter, señalando que “es tiempo de regular la circulación de los scooters y respetar el reglamento de vialidad.
Sin embargo, estas máquinas sí están dentro de la legalidad, por lo que no se necesita regularlas, sino que se generen las condiciones necesarias para que puedan circular con seguridad en la ciudad.
“Tienen el derecho a circular en vías públicas, así como hacer uso de la infraestructura ciclista. Al igual que las bicicletas, tienen prohibido circular sobre las banquetas y deben portar elementos reflectantes. El uso del casco es recomendable mas no obligatorio”, detalló el observatorio.
A su vez, el organismo indicó que por tratarse de un modo de desplazamiento relativamente nuevo, los estudios de siniestralidad vial sobre estos vehículos son limitados y no concluyentes.
Por ello, la regulación sobre estos vehículos varía de un país a otro, además de que está sujeta a cambios. En algunos países establecen regulaciones diferenciadas en función de la masa y dimensiones del vehículo y, sobre todo, de la velocidad máxima que alcance el vehículo.
Edición: Laura Espejo
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