Falta información del impacto ambiental real que generará el Tren Maya: AMIA

La AC califica el proyecto como “desagregado”
Foto: Ferromex

El proyecto del Tren Maya carece de los elementos suficientes para determinar los impactos reales que generará en sus diferentes etapas, tampoco tiene las medidas de mitigación más adecuadas y viables de implementar para disminuir o atenuar el impacto regional, acumulativo y residual, según la información hasta ahora proporcionada por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), señala la Academia Mexicana de Impacto Ambiental, A.C. (AMIA, A.C.) en sus Observaciones y Opiniones a la Manifestación de Impacto Ambiental, Modalidad Regional de la Obra: “Proyecto Tren Maya Fase I” que realizó previo a la reunión pública que se lleva a cabo sobre dicho tema este lunes en Champotón.

Mediante el documento, la AC estableció diversos puntos en su análisis, lo califica como “desagregado” porque no presenta de forma integral las diferentes obras que lo integrarán, falta explicar las características del tren en la modalidad de carga, las obras necesarias como suministro de agua, energía, manejo de residuos para los centros de población y las diferentes estaciones, las características de la terminal para el almacenamiento y carga de diésel.

La porción que respeta el trazo del tren que operaba en los años 50 no es una sustitución de infraestructura, ya que será retirada en su totalidad, incluso con movimiento de tierras y cimentación con inyección de concreto. Es una nueva vía férrea, con las características necesarias para ser operada por trenes con tecnología diferente.

La AMIA comparte que no están descritas las estrategias por las cuales la construcción y operación del Tren Maya Fase I cumplirá en términos de los compromisos sobre reducción de emisiones de Gas de Efecto Invernadero (GEI), respecto de aquellas que serán liberadas una vez que hayan iniciado las operaciones y sobre la cual no se establece ninguna medida de mitigación o compensación.

Destaca que el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) estableció el Sistema Ambiental Regional usando límites político-administrativos de los municipios, siendo que lo idóneo es usar criterios ambientales, como la delimitación mediante la identificación de cuencas hidrológicas o forestales, o mediante las Unidades de Gestión Ambiental (UGA).

En materia de vulnerabilidad climática no se presenta un modelo de simulación en el cual se describa lo que puede ocurrir en el terreno donde se propone construir el trazo de la vía férrea ante la ocurrencia de fenómenos climáticos e hidrometeorológicos extremos como lo son ciclones y tormentas tropicales; tampoco están determinados los impactos cumulativos, sinérgicos y residuales que el proyecto pueda ocasionar en sus diferentes etapas, informa la AC.

En términos de una potencial afectación al suelo y agua subterránea, la MIA no identifica los volúmenes de almacenamiento de diésel, ni su ubicación.

Cada uno de los programas están descritos de manera general en el proyecto no son específicos para mitigar los impactos de las obras del Tren Maya Fase I, pueden ser aplicados para esta obra o cualquier otra.

El documento de las observaciones indica que en cumplimiento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos (“LGPGIR”), su reglamento, y la normativa estatal vigente sobre el manejo de residuos, Fonatur dice que será elaborado un Programa de Manejo Integral de Residuos Sólidos y Peligrosos, sin embargo, apunta la AMIA, existe un déficit de rellenos sanitarios en los estados de Tabasco, Chiapas y Campeche, donde al menos no existe una distribución suficiente y adecuada de rellenos sanitarios que cumplan con la “NOM-083-SEMARNAT-2003.

En conclusión y en el marco de la reunión pública que se lleva a cabo sobre dicho tema este lunes en Champotón, en las canchas de la Unidad Deportiva “Ulises Sansores”, ubicadas en Calle 10 sin número, Colonia Ulises Sansores, ciudad de Champotón, Estado de Campeche, de acuerdo con la Gaceta Ecológica de la Semarnat, la agrupación establece la necesidad de que dicho estudio sea complementado y adecuado para tener todo el sustento que permita una evaluación completa, fundada y motivada en los términos que establece el marco jurídico y los estándares nacionales e internacionales para este tipo de proyectos.

Edición: Elsa Torres


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