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Astrid Sánchez
31/08/2026 | Mérida
Ante cualquier sospecha, indicio o revelación de violencia sexual o maltrato infantil cometido por personal de un plantel, las escuelas de educación básica de Yucatán deberán actuar de inmediato y poner en marcha un procedimiento que puede derivar en la separación temporal de funciones de la persona señalada.
Así lo establecen los nuevos Lineamientos de prevención y actuación ante situaciones de violencia detectadas o cometidas en contra de niñas, niños y adolescentes, emitidos por la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Yucatán (Segey), que sustituyen al protocolo vigente desde 2020.
El documento establece que, cuando exista una sospecha, indicio o revelación directa de violencia presuntamente cometida por un docente, personal administrativo o cualquier trabajador del plantel, la dirección debe actuar con diligencia para garantizar la seguridad del menor de edad, evitar su revictimización y respetar la presunción de inocencia de la persona señalada.
Como parte del procedimiento, la dirección del nivel educativo correspondiente deberá levantar un acta administrativa cuando los hechos sean atribuibles a una persona trabajadora de la Secretaría y, posteriormente, se deberá proceder con la separación temporal de funciones del presunto responsable, o aplicar las disposiciones jurídicas correspondientes cuando se trate de conductas de carácter administrativo. Los propios lineamientos aclaran que esta separación es una medida preventiva y no constituye una sanción definitiva.
La nueva normativa también establece que la responsabilidad de actuar no recae únicamente en las direcciones sino que todo el personal que labore en planteles públicos o particulares tiene la obligación de conocer y cumplir los lineamientos, identificar situaciones de violencia o riesgo y reportar a su superior jerárquico cualquier conducta que pudiera constituir una infracción o delito, así como cualquier indicador relacionado con violencia contra niñas, niños y adolescentes.
La Segey advierte además que no activar los lineamientos cuando corresponda constituye una omisión grave y puede derivar en responsabilidad. Esto quiere decir que el personal debe actuar incluso cuando la situación sea detectada mediante cambios físicos, emocionales o conductuales que hagan presumir una posible agresión; entre los indicadores contemplados aparecen el temor ante una persona adulta específica, negarse a acudir o permanecer en la escuela, lesiones frecuentes, aislamiento, cambios bruscos de ánimo, descenso repentino del rendimiento escolar y conductas autolesivas.
Los lineamientos establecen que la activación puede comenzar por la revelación directa de la niña, niño o adolescente, por el señalamiento de otra persona, por la observación directa de los hechos o por la identificación de indicadores de riesgo. Una vez detectada una situación, la intervención debe ser inmediata.
En los casos de violencia sexual o maltrato infantil, maestras, maestros y personal de apoyo deberán proteger de inmediato al menor, informar a la dirección y elaborar un reporte de hechos. Si la dirección es la señalada como responsable o no brinda apoyo, la notificación deberá hacerse directamente ante la autoridad del siguiente nivel jerárquico.
La escuela tampoco deberá convertirse en instancia investigadora. El personal deberá limitarse a la contención emocional, recopilar datos de contacto y llenar los formatos correspondientes, sin interrogar al menor para obtener detalles del hecho ni realizar una investigación forense. Los lineamientos señalan que esa tarea corresponde a personal especializado de la Fiscalía General del Estado..
Una vez recibido el reporte, la dirección deberá informar de inmediato a la madre, padre o persona que ejerza la custodia o tutela y, cuando los hechos puedan constituir un delito, hacerlos del conocimiento de la Fiscalía General del Estado y de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, según la edad de la persona señalada.
El nuevo acuerdo también amplía el alcance de las situaciones que deben ser identificadas dentro de las escuelas. Los lineamientos contemplan, entre otras formas de violencia, el abuso y acoso sexual, hostigamiento, pederastia, violencia digital, grooming, ciberacoso sexual, sexting y sextorsión, además de violencia psicológica, descuido o trato negligente y conductas autolesivas.