La Jornada Maya
Foto: Comunicación Profepa

Mérida, Yucatán
Jueves 18 de agosto, 2016

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) dio a conocer a través de un comunicado que clausuró y emplazó a procedimiento a la empresa responsable del Desarrollo Inmobiliario “Yucatán Polo Club”, localizado al norte de Mérida, en las inmediaciones de la comisaría de Komchén, debido a varias violaciones a la Norma Oficial Mexicana.

Según el documento, la intervención de la dependencia federal se dio luego que se comprobaron las acciones de cambio de uso de suelo en terrenos forestales, así como obras de dragado en un cuerpo de aguas nacionales, sin que existiera autorización en materia de impacto ambiental.

En visita de inspección realizada por personal de la Profepa, la última semana de julio, señala el comunicado, se confirmó la remoción total de vegetación forestal en una superficie de 130 mil 350 metros cuadrados.

“Sobre la vegetación removida destacan ejemplares de bromelias y cactáceas, como la especie Pterocereus gaumeri, de distribución endémica en el estado de Yucatán, bajo la categoría de riesgo: en peligro de extinción, según la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010”, cita el texto.

Asimismo, la empresa realizó obras de dragado en cuerpo de agua nacional, sin contar con la autorización correspondiente expedida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

Por tal motivo, se dictó como medida de aplicación urgente la clausura total temporal de las obras y actividades realizadas, la cual fue ratificada en el acuerdo de emplazamiento, para evitar que se continuara afectando a la flora y fauna en el ecosistema de selva baja caducifolia.

[b]Las penas[/b]

Realizar actividades de cambio de uso de suelo sin contar con la correspondiente autorización de impacto ambiental se sanciona con multa por el equivalente de 30 a 50 mil unidades de medida vigentes y actualización, de acuerdo a lo establecido en el artículo 171 fracción I de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.

Al que ilícitamente desmonte o destruya la vegetación natural de un sitio; corte, arranque, derribe o tale árboles o cambie el uso del suelo forestal, le corresponde una pena de seis meses a nueve años de prisión, de acuerdo con el artículo 418 del Código Penal Federal.


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