Fabiola Martínez
Foto: gob.mx
La Jornada Maya

Ciudad de México
Jueves 15 de agosto, 2019

Por mayoría de votos, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) concluyó que durante el proceso electoral del año pasado hubo una campaña negra en contra del ahora presidente Andrés Manuel López Obrador, a partir de la difusión de la serie Populismo en América Latina, material en el que se le calificaba al entonces candidato como redentor furioso.

El hecho, advirtió el TEPJF, se presentó bajo la fachada del ejercicio de libertad de expresión; sin embargo, violó el modelo de comunicación política que prohíbe la contratación de espacios en radio y televisión con fines electorales.

Así, el tribunal ratificó y amplió las sanciones a los creadores de la serie en mención, por las denuncias presentadas por los partidos políticos Morena y PAN. Este último impugnó al considerar que el documental beneficiaba al PRI.

En el proyecto aprobado ayer por la sala superior del tribunal, luego de una discusión de más de dos horas, se advirtió que la producción afectó la imagen de López Obrador, y se acreditó un despliegue de publicidad para influir en las preferencias electorales.

Ya no es tan controvertido (decir) que había una campaña negra contra uno de los candidatos, expuso el magistrado Felipe de la Mata.

El magistrado presidente, Felipe Fuentes, ponente del proyecto, subrayó que el derecho de la libertad de expresión no puede ser utilizado como una fachada para vulnerar las normas y principios que le dan contenido a nuestra democracia.

Gústenos o no, existe una regulación muy definida de lo que es el modelo de comunicación política desde la reforma constitucional de 2007, advirtió.

[b]Simulación[/b]

Para mí, agregó, se llega a la conclusión de que sí existió una estrategia de comunicación que, simulando un auténtico ejercicio de la libertad de expresión, pretendió influir en la pasada contienda electoral para elegir al presidente de la República, y para mí esto sí es violatorio del modelo constitucional de comunicación política.

En contra votaron los magistrados Janine Otálora y Reyes Rodríguez, quienes –con distintos matices– sostuvieron que no se comprobó la contratación ilegal (de publicidad) y que el material se enmarcó dentro del ejercicio de libertad periodística.

En el proyecto se documenta la existencia de publicidad en camiones, teléfonos celulares, promocionales en televisión, entrevistas y cintillos en medios audiovisuales para generar una campaña integral negativa hacia el entonces candidato.

La información e investigaciones realizada por el Instituto Nacional Electoral y la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda mostraron el complejo esquema integrado por personas físicas y morales destinado a violar el modelo de Comunicación Política para, con recursos presuntamente privados, intentar influir negativamente en la percepción pública de un candidato presidencial en el proceso electoral federal del pasado 2018 mediante una campaña negra, advirtió el tribunal.


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