Irene Sánchez
El Congreso de Sinaloa modificó la Constitución local para despenalizar el aborto y dar seguimiento a la sentencia resuelta por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Con ello se invalida el artículo 4Bis A fracción 1, que criminalizaba el aborto, y se deroga el siguiente párrafo: “desde el momento en que un individuo es concebido, entra la protección de la ley correspondiente, hasta su muerte”.
Fue en sesión del 9 de septiembre de 2021, que la SCJN emitió la sentencia y notificó a todas las entidades.
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El 28 de septiembre de 2018, la pasada Legislatura Sesenta y Dos, reformó el artículo 4 Bis A, fracción I de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, para establecer que desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la Ley correspondiente, hasta su muerte.
El 23 noviembre de 2018, el grupo parlamentario de Morena, de esta Sesenta y Tres Legislatura, promovió Acción de Inconstitucionalidad y el 26 de noviembre del mismo año, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, hizo lo mismo.
En sesión del 9 de septiembre de 2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, emitió sentencia, declarando fundada la acción de inconstitucionalidad, promovida por el grupo parlamentario de Morena y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Después de esta resolución de la SCJN, se notificó al Congreso del Estado de Sinaloa, a diversos diputados y diputadas de esta Sesenta y Tres Legislatura, Poder Ejecutivo de Sinaloa y Consejería Jurídica del gobierno federal de esta sentencia.
Se notificó que la SCJN, en sesión del nueve de septiembre de 2021, resolvió la acción de inconstitucionalidad 106/2018 y su acumulada 107/2018, promovidas por el grupo parlamentario de Morena, de esta Sesenta y Tres Legislatura, y la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
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