SFP destituye a profesor del IPN por agresión sexual

Se trata de la primera sanción de este tipo dentro de la institución
Foto: Tomada de web

La Secretaría de la Función Pública (SFP) destituyó e inhabilitó a un profesor del Instituto Politécnico Nacional (IPN) tras haber acreditado que agredió sexualmente a una estudiante del bachillerato de esa casa de estudios dentro de las instalaciones politécnicas. 

Se trata de la primera sanción administrativa por agresión sexual contra un docente de esa institución pública de educación superior, detalló la dependencia a cargo de Irma Eréndira Sandoval Ballesteros. 

Es de destacar que el Órgano Interno de Control del IPN mantiene abiertos diversos expedientes de investigación por abuso, acoso y hostigamiento sexuales que, dijo la SFP, “se conducirán, y en su caso sancionarán, conforme a derecho corresponda como parte del compromiso para erradicar esos flagelos de la vida politécnica”. 

El profesor agresor se encuentra privado de su libertad debido a que existe un proceso penal en su contra por el abuso de una estudiante menor de edad del Centro de Estudios Científicos y Tecnológicos (Cecyt) 6 Miguel Othón de Mendizábal del IPN. 

Al respecto de esta sanción, Sandoval Ballesteros aseveró que “el compromiso de este gobierno con las mujeres trasciende las palabras y se manifiesta en acciones y políticas públicas concretas. El acoso y el hostigamiento sexuales son inaceptables en la administración pública federal”. 

En un comunicado, la SFP apuntó que es la primera vez que el OIC del IPN sanciona una agresión sexual “por ir en contra de los valores y principios establecidos por el Código de Ética de las Personas Públicas del Gobierno Federal, lo que sienta un precedente para este tipo de casos, ya que la Ley General de Responsabilidades Administrativas no especifica esta conducta como una falta sancionable”. 

El IPN cuenta con 89 unidades académicas y una población que incluye a cerca de 76 mil alumnas.

La víctima presentó la denuncia en 2019. “Durante la investigación, en la que en todo momento se garantizaron los derechos constitucionales tanto de la denunciante como del acusado, se realizaron diversas diligencias, entre las que destacan recabar las declaraciones de la propia víctima y de otros estudiantes del mismo plantel”. Entre las pruebas analizadas destaca la valoración e integración de un dictamen psicológico emitido por peritos de la entonces Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México.

“Todo esto llevó a determinar las sanciones que, en el ámbito administrativo, corresponde imponer al profesor en su carácter de servidor público –por lo que no podrá contratarse como docente en instituciones públicas por el tiempo que dure la inhabilitación—, quien, además, ya se encuentra privado de su libertad al también ser denunciado por la vía penal”.

A diferencia el pasado, añadió la SFP, en la actual administración federal la atención a la violencia de género cambió, y hoy “se ofrecen canales más sensibles y accesibles para denunciar y, sobre todo, se toman acciones concretas y sanciones contundentes para que no haya impunidad”.

Como parte de esas medidas, en febrero de este año entró en vigor el nuevo Protocolo para la prevención, atención y sanción del hostigamiento sexual y acoso sexual, el cual establece procedimientos de investigación y de sanción que posibilitan un efectivo acompañamiento para las víctimas y el acceso a la justicia; en marzo pasado se integró además al Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas del Gobierno Federal una reforma instruida por Sandoval Ballesteros para prohibir el acoso sexual, hostigamiento sexual y cualquier conducta que implique una violación a los derechos humanos, detalló la SFP.

Edición: Ana Ordaz 


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