SCJN valida atribuciones de Sedatu en materia de ordenamiento territorial

Varios artículos de la ley fueron declarados inválidos
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La Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (LGAHOTDU) invade algunas facultades de los municipios para decidir sobre sus políticas de crecimiento, afirmó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Al comenzar a analizar un paquete de 20 controversias constitucionales promovidas por municipios de Nuevo León contra dicha ley federal, los ministros del Pleno señalaron que no puede haber un modelo único de desarrollo urbano para todo el país, y por ello declararon inválidos algunos artículos de la LGAHOTDU que incluían previsiones para temas como licencias de construcción y estacionamientos.

Sin embargo, al mismo tiempo, la SCJN negó invalidar otras porciones de la LGAHOTDU que otorgan a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) facultades de supervisión y de aplicación de medidas correctivas ante violaciones cometidas por los municipios.

Validó también la atribución de la Sedatu para elaborar la Estrategia Nacional de Ordenamiento Territorial y Urbano la cual, consideraron los ministros, no invade las atribuciones municipales.

Edición: Elsa Torres


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