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Foto: Reuters

La decisión de Adrián Novelo, juez Primero de Distrito en Yucatán, podría verse como un episodio más del enfrentamiento entre el Poder Ejecutivo y el Judicial a nivel federal. Quien quiera entenderlo de esta forma deberá admitir que se trata de una escaramuza cuyo único resultado será un retraso de unos cuantos días, a partir de que se notifique al Fondo Nacional de Fomento al Turismo, organismo encargado de la construcción del ferrocarril.

El motivo para decretar la suspensión definitiva es que el juzgado no cuenta con toda la información relativa al impacto ambiental de las obras, algo que reclaman diferentes membretes ambientalistas, algunos de los cuales, políticamente, reclaman la clausura definitiva de los trabajos.

La exigencia ha sido la misma desde 2022: que se cumpla la condicionante de la Manifestación de Impacto Ambiental del Tramo 5 Sur; un compromiso de no tapar, rellenar y/u obstruir cenotes, cavernas y demás cuerpos de agua con material o residuos producto de la construcción del Tren Maya. Es una condición sensata y la vigilancia de su cumplimiento es de interés para toda la ciudadanía, más tomando en cuenta que el país enfrenta una crisis por el agua y que hay lugares, como la península, donde existe disponibilidad del líquido pero éste se encuentra contaminado.

 

Lee: Decretan suspensión definitiva contra tramo 5 Sur del Tren Maya

 

Ahora, una cosa es estar al pendiente de que la obras de construcción marchen conforme a lo que se establece en la MIA, y otra el tratar de impedir su avance a toda costa. El requerimiento del Juzgado Primero de Distrito implica un costo administrativo para Fonatur Tren Maya y la Secretaría de la Defensa Nacional, no por lo que deben hacer, sino porque  para cumplir con el ordenamiento se ven obligadas a documentar lo que no hicieron, que es precisamente no afectar cuerpos de agua y cavernas. 

En todo caso, lo mejor que pueden hacer es establecer medidas preventivas, aunque el riesgo de daño al ambiente siempre existirá. La resolución del Tribunal se funda precisamente en que “no obran en autos constancias de que hayan sido cumplidas a cabalidad tales condicionantes”; es decir, el juez exige que se le demuestre que no hay una afectación, lo que resulta hasta un contrasentido.

El plazo para entregar información es de tres días, pero siempre a partir de que exista una notificación a las autoridades responsables, que en este caso son la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) y la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), las cuales deberán entregar un informe solventando las condiciones requeridas.

Pero a pesar de la suspensión, lo que está pendiente es que se resuelva de fondo la causa contra el Tren Maya, por presunta remoción de selva y posteriormente ampliada a incumplimiento de presentar estudios geológicos, geohidrológicos y geofísicos relacionados con el paisaje kárstico de Quintana Roo. Es decir, que a pesar de que existe una suspensión definitiva, ésta obedece al amparo que se interpuso y que todavía está pendiente que se dicte sentencia.

El Tren Maya, una vez completo, demostrará su utilidad como infraestructura estratégica para enlazar al sureste con el Istmo de Tehuantepec, y por lo tanto para comunicar el océano Pacífico con el Atlántico para la distribución de mercancías, y su principal consecuencia será el reordenamiento territorial, entendido como el acercamiento de poblaciones de difícil acceso a los servicios del Estado. No se trata únicamente de trasladar turistas extranjeros por la península de Yucatán, sino de ampliar el horizonte de los habitantes de la región. Esa es su importancia a futuro.

Dado entonces el valor del Tren Maya como obra estratégica, será difícil que un juzgado dicte su clausura. Con este carácter, el ferrocarril será concluido independientemente de la cantidad de amparos que se interpongan en su contra. Como instrumento legal, el amparo únicamente podrá frenar las obras en tanto pueda demostrarse que éstas tienen un impacto ecológico mayor al previsto o que se ha incumplido la condición de no rellenar cavernas y cenotes. 

Más que detener el avance del Tren Maya, pareciera que los amparos persiguen que la obra no se concluya durante la presidencia de Andrés Manuel López Obrador, o buscan rentabilidad política con miras a las próximas elecciones. No deja de ser un uso faccioso de la justicia, por parte de quienes se oponen a la construcción del ferrocarril.

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Edición: Estefanía Cardeña


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