Opinión
La Jornada Maya
24/06/2025 | Mérida, Yucatán
Si bien la libertad de expresión y de circulación de las ideas se encuentran garantizadas por la Constitución, esto no quiere decir que en automático pueda decirse y publicarse cualquier cosa, en el tono que sea, en contra de alguien. Desde hace mucho, se establecieron los delitos contra la fama pública, que originalmente estaban ligados a una idea tan medieval como el honor. Los poderosos han recurrido históricamente a acusar calumnias, injurias o difamación cuando han querido frenar el escrutinio por parte de periodistas que les resultan incómodos.
A la lista de delitos debe sumarse ahora el de violencia política en razón de género. En Hermosillo, Sonora, un ama de casa ha sido investigada por el Instituto Nacional Electoral (INE) por haber publicado en la red social X un cuestionamiento a Diana Karina Barreras, diputada federal por el Partido del Trabajo (PT). La sanción por parte del Tribunal Electoral es de una multa económica, publicar diariamente, durante 30 días, una disculpa, y tomar un curso sobre violencia de género. Lo que llama la atención es lo desproporcionado de la averiguación -que incluyó la obtención de datos fiscales -, pues no se trató de ningún medio, sino de la expresión de una ciudadana.
En Veracruz, el Tribunal Electoral de ese estado impuso medidas cautelares a Celia del Palacio Montiel, decana de los estudios de historia de la prensa en México y coordinadora del Observatorio de Libertad de Expresión y Violencia contra Periodistas de la Universidad de Guadalajara, por mencionar en una cápsula del canal de televisión de esta última casa de estudios, que la candidata morenista a la presidencia municipal de Teocelo en el pasado proceso electoral, Mara Yamileth Chama Villa, es hija del alcalde en funciones, Mario Chama Díaz. La política alega también violencia política en razón de género, supuestamente cometida por Celia del Palacio.
Al igual que en un pasado que ya se antojaba muy lejano, los límites de la libertad de expresión resultan inversamente proporcionales a la sensibilidad en la piel de la clase política. Cuando se llega al extremo de proceder contra una ciudadana que recurre, como cualquier otra persona, a sus redes sociales, sin aspirar a competir con medios de comunicación formales o influencers; o no se tolera el análisis de la trayectoria difundido en un canal del Estado, donde ya pasó por todos los filtros y donde debe darse, con mayor razón, el debate y el intercambio respetuoso de ideas, lo único que se fomenta es la aparición de liderazgos carismáticos, que suelen ir en sentido contrario a las reformas que se pudieran promover actualmente.
También es importante recalcar que las redes sociales han sido catalizadoras de las emociones políticas. En gran medida, funcionarios y autoridades han querido utilizarlas para demostrar que son cercanos al “pueblo”, pero cuando se expresan reclamos por fallas en los servicios públicos o porque en alguna aparición se hizo de menos un problema que afecta a grandes comunidades y actividades productivas, como los apagones, las reacciones suelen ser iracundas.
Algunos, a pesar del malestar, han sabido responder de modo más o menos mesurado. Sin embargo, en entidades como Puebla, donde la promulgación de la Ley de Ciberseguridad ha levantado ámpula, pues se percibe como un instrumento para la persecución de periodistas. Justo en este contexto fue cometido el asesinato de Salomón Ordóñez Miranda, creador de contenido en redes sociales enfocado en el municipio de Cuetzalan del Progreso; un crimen que se suma a los ya muchos que se han cometido contra periodistas.
Edición: Fernando Sierra