Carlos Águila Arreola
Foto: Twitter @PROFEPA_Mx
La Jornada Maya
Cancún, Quintana Roo
Lunes 5 de febrero, 2018
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuró el Centro Recreativo Oxtankah, en el municipio de Othón Pompeyo Blanco (Chetumal), por remover vegetación natural de un sistema costero sin la autorización de impacto ambiental que emite la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).
Inspectores de la delegación de la Profepa realizó una visita de inspección para constatar el cumplimiento del cambio de uso de suelo en terrenos forestales por parte de los propietarios del lugar, que colinda al este con la bahía de Chetumal, catalogada como área natural protegida (anp) estatal.
Durante la diligencia se observó la remoción total de vegetación natural de ecosistema costero sobre una superficie de 734 metros cuadrados, donde se realizaron diversas construcciones.
Las obras son una cocina de concreto, área de baños construido con material de concreto, alberca, chapoteadero de concreto, palapa construida con madera de la región con techo de zacate, paredes descubiertas y vitropiso.
También, cuatro sombrillas dentro de la zona federal Marítimo terrestre (Zofemat), y una fosa séptica de concreto (biodigestores) conectada mediante tubos de PVC a los baños y cocina para tratamiento de las aguas negras y jabonosas, obras ya concluidas.
Asimismo, la Profepa verificó que en la Zofemat, en el costado sur, hay dos manchones de vegetación de manglar, y se detectó la poda de mangle botoncillo.
Tras la inspección, se solicitó al responsable de las obras la autorización en materia de impacto ambiental otorgada por la Semarnat, y el visitado dijo no contar con el documento, por lo que se aplicó la clausura total temporal, de conformidad con el artículo 171 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA).
La dependencia informó que se procederá a instaurar el procedimiento administrativo para otorgar el derecho de audiencia y, si el sancionado no presenta la autorización solicitada, se hará acreedor a sanciones que van de 30 (dos mil 418 pesos) hasta 50 mil (cuatro millones 30 mil pesos) unidades de Medida y Actualización (uma’s), según la LGEEPA.
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