El Congreso de Quintana Roo aprobó el dictamen con minuta de decreto por el que se expide la Ley de Protección y Fomento Apícola del Estado. A través de la expedición de esta nueva ley se proporcionan las herramientas jurídicas que pongan en orden las acciones que comprenden la actividad apícola de acuerdo a las exigencias actuales del mercado nacional e internacional y que permitan mejorar la calidad y cantidad de producción en relación a la comercialización y aprovechamiento sustentable.
Se contempla la creación de un Comité Estatal Sistema Producto Apícola del Estado, cuyo objetivo es apoyar la ejecución de programas tendientes a incrementar la calidad y productividad de la apicultura, el cual tiene como función principal, integrar la participación de agentes económicos que intervienen en los diferentes eslabones del sistema apícola para proponer alternativas que permitan el mejoramiento de esta actividad y la solución a las problemáticas que se presentan en el desarrollo de la misma.
En otros puntos, la XVI Legislatura del estado de Quintana Roo aprobó una ley para la dotación gratuita de uniformes, mochilas y útiles escolares a las alumnas y los alumnos inscritos en escuelas públicas de educación básica en la entidad.
Mediante esta ley las alumnas y alumnos inscritos en las escuelas públicas de educación básica tendrán el derecho a recibir gratuitamente del gobierno del estado por lo menos dos uniformes escolares, una mochila y un paquete de útiles escolares por cada ciclo escolar anual conforme al calendario autorizado por la Secretaría de Educación Pública.
Cabe mencionar que el otorgamiento de los uniformes, mochilas y útiles escolares no estará sujeto a ningún tipo de condicionamiento por parte del gobierno estatal, ya sea con fines políticos, económicos o sociales, que conlleven algún tipo de discriminación.
El programa tendrá carácter institucional, quedando estrictamente prohibido que los útiles contengan nombres, imágenes, logotipos, símbolos, colores, slogans, frases o cualquier otro tipo de referencias que hayan sido utilizadas en propaganda política o electoral, o bien elementos que impliquen promoción personalizada de alguna persona servidora pública, partido u organismos o asociaciones políticas, sindicatos, organizaciones no gubernamentales u otras similares.
Por otra parte, se aprobaron reformas a diversas disposiciones de la Ley de Víctimas del Estado de Quintana Roo, así como de la Ley del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de Quintana Roo, en materia de asesoría y defensa de las personas indígenas.
Con esto se crea un área especializada en atención a personas indígenas dentro del Instituto de la Defensoría Pública del Estado, que garantice la defensa técnica adecuada a quienes se encuentren sujetos a un procedimiento penal, o en su caso, poder otorgar la asistencia jurídica adecuada en otras materias jurídicas con enfoque especializado en derecho indígena.
Edición: Laura Espejo
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