Menos del uno por ciento de las trabajadoras del hogar de QRoo están inscritas al IMSS

Desde el 2022 es obligatorio afiliar al Seguro Social a las personas que realicen esta actividad
Foto: IMSS Quintana Roo

En Quintana Roo, al cierre de junio de 2024, solamente se tienen registradas 347 personas trabajadoras del hogar ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), una cifra que no llega ni al uno por ciento del total (0.99 por ciento), considerando que se estima que más de 35 mil personas se dedican a esta actividad en el estado. 


Si bien desde el mes de noviembre de 2022 es obligatorio inscribir a las personas trabajadoras del hogar ante el IMSS y el trámite es sencillo e incluso se puede hacer en línea, lo cierto es que, a la fecha, el registro de este sector de la población en Quintana Roo se mantiene bajo, señaló el jefe de Servicios de Afiliación y Cobranza del IMSS en la entidad, Javier Cruz Rivera.


Dijo que es importante que los empleadores se concienticen sobre los beneficios que pueden otorgar a su persona trabajadora del hogar y que la inscripción es obligatoria.


“El artículo 239-A de la Ley de Seguro Social establece que las personas trabajadoras del hogar son las que realizan tareas domésticas de manera remunerada como cuidados, limpieza o asistencia y generan un beneficio económico directo para el empleador, además puede vivir o no en el lugar de trabajo y trabajar para uno o varios empleadores”, destacó Cruz Rivera. 


También enfatizó que las personas trabajadoras del hogar pueden reportar el incumplimiento de sus empleadores a través de la página de internet https://adodigital.imss.gob.mx/denunciaPTH/ o acudir a la subdelegación más cercana para regularizar su situación.


Señaló que el objetivo de este nuevo esquema de incorporación obligatoria es garantizar el acceso a la seguridad social, ofreciendo igualdad de condiciones con el resto de los trabajadores a nivel nacional. Las personas trabajadoras del hogar pueden incluir como beneficiarios a su cónyuge o concubina(o), hijos, padre y madre. Tendrán derecho a servicios médicos, hospitalarios, medicamentos, y seguros de incapacidad por enfermedad general o accidente de trabajo, además de invalidez o defunción.


Con estas acciones la persona trabajadora del hogar y sus beneficiarios tendrán derecho a servicios médicos, hospitalarios y medicamentos podrán acceder a los seguros de incapacidad por enfermedad general o accidente de trabajo, también en caso de invalidez o defunción.


Al inscribirse, también podrán generar un ahorro para el retiro y tener derecho a utilizar guarderías para el cuidado de sus hijos. Además, es obligatorio para el empleador pagar las aportaciones al Infonavit, permitiendo que las personas trabajadoras del hogar puedan adquirir un crédito de vivienda o realizar aportaciones a un crédito preexistente.


Finalmente, el funcionario federal invitó a los patrones a cumplir con esta disposición en beneficio de quienes trabajan en el hogar. Para cualquier duda, pueden acercarse a la subdelegación más cercana o consultar el minisitio http://www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-hogar



Lee: Conapred reitera la importancia de reconocer derechos de trabajadoras del hogar



Edición: Estefanía Cardeña



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