Para proteger y conservar todos los monumentos arqueológicos, artísticos e históricos de México existe la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, la cual contempla diversas sanciones para las personas que violen los reglamentos establecidos.
En el capítulo sexto, la ley establece sanciones para quienes realicen trabajos materiales de exploración arqueológica sin permiso del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), también para quienes tengan ilegalmente en su poder un monumento arqueológico.
Este capítulo destaca que cualquier persona que dañe, altere o destruya un un monumento arqueológico, artístico o histórico podría pasar de tres a 10 años de prisión, además de pagar una multa por los daños causados.
Chichén Itzá, al igual que otros sitios arqueológicos, cuenta con un reglamento que establece las disposiciones y comportamientos permitidos en el lugar y que cada visitante tiene que acatar.
Incluso si durante la violación al reglamento no existe un daño para el sitio, el artículo 55 de la Ley establece que cualquier infracción a la ley o su reglamento que no esté prevista en todo el capítulo será sancionada por los institutos correspondientes con una multa que va de los 100 pesos a los 150 mil pesos.
Es decir, que brincar los cercos que protegen los monumentos históricos y todos los sitios arqueológicos del país puede sancionarse de acuerdo al artículo 55.
Ésta podría ser la multa que pague una mujer que subió al Castillo de Kukulcán, en Chichén Itzá, pese a ser una zona no autorizada para los turistas.
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